CORREDORES DE SEGUROS MAGNUS SpA
Instrumento
- Fecha
- 28 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 19807/2021
- Notario
- GUSTAVO MONTERO MARTI
- Oficio
- Reemplazante del Titular de la 48° Notaría Pública de Santiago
- Comuna
- Pública de Santiago
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
- Domicilio
- ciudad de Santiago
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La intermediación remunerada de contratos de seguros generales, de vida y previsionales, individuales o colectivos, con cualquier entidad aseguradora nacional radicada en el país o en el extranjero. En el desempeño de esta actividad se comprenden todas las gestiones que persigan el propósito de proporcionar servicio y asesoría técnica a los asegurados, encaminados a materializarlos e implementarlos;
Administración
Será ejercida por don KENZO KEVIN MATAYOSHI ORELLANA, quien anteponiendo la razón social a su propias firma, la obligará en toda clase de actos o contratos y la representará judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes; Capital $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, nominativas, de la misma serie, sin valor nominal, se suscriben y pagan de la siguiente manera: KENZO KEVIN MATAYOSHI ORELLANA, suscribe y paga 500 acciones equivalentes a $500.000, correspondiéndole el 50% sobre el capital social ; JUAN CARLOS ESPINOZA GAJARDO, suscribe y paga 250 acciones, equivalentes a $250.000, correspondiéndole el 25% sobre el capital social; JUANA DEL CARMEN ESPINOZA GAJARDO, suscribe y paga 250 acciones, equivalentes a $250.000, correspondiéndole el 25% sobre el
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalGUSTAVO MONTERO MARTI, Abogado, Notario Público Reemplazante del Titular de la 48° Notaría Pública de Santiago, con oficio en calle Avenida Apoquindo 3.076, oficina 601, comuna de Las Condes, certifico que: Por escritura pública de fecha 28 de Diciembre de 2021, repertorio N° 19.807/2021, ante mí, KENZO KEVIN MATAYOSHI ORELLANA, Corredor de Seguros, cédula nacional de identidad N° 18.545.615-3; JUANA DEL CARMEN ESPINOZA GAJARDO, Abogada, cédula nacional de identidad N° 7.815.458-6; JUAN CARLOS ESPINZOA GAJARDO, empleado, cédula nacional de identidad N° 7.815.459-4, todos con domicilio en calle San Sebastian N° 2839, oficina 902 comuna de Las Condes, Ciudad Santiago, Región Metropolitana, constituyeron una sociedad por acciones: Razón social: CORREDORES DE SEGUROS MAGNUS SpA pudiendo utilizar el nombre de fantasía de “CORREDORES MAGNUS SpA” para todos los fines legales y publicitarios, incluso ante bancos e instituciones financieras y comerciales; Duración: Indefinida; Domicilio: ciudad de Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que podrá abrir en cualquier ciudad del país o en el extranjero; Objeto: La intermediación remunerada de contratos de seguros generales, de vida y previsionales, individuales o colectivos, con cualquier entidad aseguradora nacional radicada en el país o en el extranjero. En el desempeño de esta actividad se comprenden todas las gestiones que persigan el propósito de proporcionar servicio y asesoría técnica a los asegurados, encaminados a materializarlos e implementarlos; Administración: Será ejercida por don KENZO KEVIN MATAYOSHI ORELLANA, quien anteponiendo la razón social a su propias firma, la obligará en toda clase de actos o contratos y la representará judicial y extrajudicialmente, con las más amplias facultades de administración y disposición de bienes; Capital $1.000.000, dividido en 1.000 acciones, nominativas, de la misma serie, sin valor nominal, se suscriben y pagan de la siguiente manera: KENZO KEVIN MATAYOSHI ORELLANA, suscribe y paga 500 acciones equivalentes a $500.000, correspondiéndole el 50% sobre el capital social ; JUAN CARLOS ESPINOZA GAJARDO, suscribe y paga 250 acciones, equivalentes a $250.000, correspondiéndole el 25% sobre el capital social; JUANA DEL CARMEN ESPINOZA GAJARDO, suscribe y paga 250 acciones, equivalentes a $250.000, correspondiéndole el 25% sobre el capital social. Todos en dinero e ingresados a caja social, el capital se encuentra suscrito y pagado en su totalidad. Demás estipulaciones en escritura extractada. SANTIAGO, 29 de Diciembre de 2021.