MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD INDUSTRIAL Y COMERCIAL PYMA LIMITADA

RUT 89056300-7 CVE 2065069
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2021
Notaría
Macul

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2021
Notario
JUAN FACUSE HERESI
Domicilio
Santiago
Comuna
Macul

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN FACUSE HERESI, Notario Público de Santiago, Titular de la Primera Notaría de Macul, con Oficio Gregorio de la Fuente Nº 3143, certifico: Que por escritura de esta fecha 22 de diciembre de 2021, ante mí, ABRAHAM CAMEL CASSIS TUOMA, YAMIL CASSIS MAHALUF, y YAMIL CASSIS FRICK, representado por su padre YAMIL CASSIS MAHALUF y por su madre DANIELA MICHEL FRICK LEYTON, todos domiciliados en Avenida José Pedro Alessandri número mil ochocientos ochenta, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana, modificaron la “SOCIEDAD INDUSTRIAL Y COMERCIAL PYMA LIMITADA”, sentido que: 1.- Don Abraham Camel Cassis Tuoma, en su calidad de dueño del 80% de la totalidad de los derechos sociales de la “SOCIEDAD INDUSTRIAL Y COMERCIAL PYMA LIMITADA” vende, cede y transfiere el 79% de la totalidad de los derechos sociales a don Yamil Cassis Mahaluf, quien los compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos, en la suma de $140.000.000, pagaderos forma escritura extractada. 2.- Don ABRAHAM CAMEL CASSIS TUOMA, vende, cede y transfiere el restante 1% de la totalidad de los derechos sociales en la “SOCIEDAD INDUSTRIAL Y COMERCIAL PYMA LIMITADA”, a don YAMIL CASSIS FRICK, quien por medio de su padre y madre ya individualizados, compra, acepta y adquiere para sí los referidos derechos, en la suma de $1.400.000, pagados al contado. En virtud de las cesiones de derechos antes mencionados, quedan como únicos socios de la “SOCIEDAD INDUSTRIAL Y COMERCIAL PYMA LIMITADA”, don YAMIL CASSIS MAHALUF, con el 99% de la totalidad de los derechos sociales y don YAMIL CASSIS FRICK, con el 1% de la totalidad de los derechos sociales, quienes acuerdan reemplazar cláusula segunda del estatuto social, en el sentido que la administración y el uso de la razón social corresponderá a don YAMIL CASSIS MAHALUF, con las más amplias facultades. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado por el presente instrumento, se mantienen vigentes las demás cláusulas del pacto social, y sus modificaciones. Otras estipulaciones escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2021.