Sociedad de Inversiones Siddhi Limitada
Instrumento
- Fecha
- 11 de junio de 2021
- Repertorio
- 10733-2021
- Comuna
- Santiago don COSME FERNANDO GOMILA GATICA
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE RINALDO LOBOS DÍAZ, Notario Suplente del Titular de la Cuarta Notaría de Santiago don COSME FERNANDO GOMILA GATICA, ambos domiciliados en Carmencita 20, Las Condes, certifico que con fecha 21 de Diciembre de 2021, por escritura pública, Repertorio N°10733-2021, ante mí, doña CHRISTEL PAOLA RENDEL BORNAND, C.I. 10.469.223-0; doña ESTELA BELÉN GONZÁLEZ RENDEL, C.I. 20.367.534-8; y don SANTIAGO EMILIO GONZÁLEZ RENDEL, C.I. N°20.080.609-3, todos los comparecientes mayores de edad y domiciliados para estos efectos en Avenida La Plaza Nº1451, departamento 21-D, comuna de Las Condes. Modifican “SOCIEDAD DE INVERSIONES SIDDHI LIMITADA”, RUT N°77.410.068-7, constituida por escritura pública de fecha 11/06/2021, otorgada ante don Jorge Rinaldo Lobos Díaz, abogado y Notario Reemplazante del Titular de la 4ª Notaría de Santiago, Repertorio: N°4472/2021. El Extracto se inscribió a fojas 49857, Número 23066, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2021. Se publicó en Diario Oficial 01/07/2021. CVE1970295. La modificación consiste en que los constituyentes vienen en ampliar las facultades de la representante y administradora de la sociedad, doña CHRISTEL PAOLA RENDEL BORNAND, ampliando las facultades enumeradas en el Título Tercero de la constitución social, y otorgarle expresamente la facultad de AUTOCONTRATAR, facultad que se extiende para todos los efectos legales, a todos los actos o contratos suscritos con anterioridad a esta escritura por parte de la representante doña CHRISTEL PAOLA RENDEL BORNAND. Asimismo, y en cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 2144 del Código Civil, los comparecientes vienen en aprobar expresamente, que la mandataria y representante de la sociedad doña CHRISTEL PAOLA RENDEL BORNAND, pueda vender a la sociedad, bienes de su exclusiva propiedad, y pueda actuar autocontratando. Todos los socios comparecientes, aceptan expresamente señalado precedentemente. Las demás cláusulas del pacto social que no han sido modificadas en este acto, se mantienen plenamente vigentes. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 23 de Diciembre de 2021.- JORGE RINALDO LOBOS DÍAZ.- Notario Suplente.- MGP.-