MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AUTAZO SpA

RUT 76697564-K CVE 2064496
Fecha instrumento
6 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
6 de diciembre de 2021
Repertorio
15224/2021
Notario
RAIMUNDO ESPINOZA WOOD
Domicilio
doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA
Comuna
Santiago

Objeto social

El objeto o giro de la sociedad es (a) la compra, venta, arrendamiento, suministro, agencia, consignación y leasing de vehículos motorizados, nuevos o usados, y en general, cualquier otra actividad, civil o comercial, que los socios determinen, ya sea que diga o no relación con el objeto principal de la sociedad. Con los objetivos anteriores, la sociedad podrá ingresar en sociedades, comunidades, cooperativas o asociaciones, adquirir el activo y pasivo de empresas, sociedades o negocios, dedicarse a la explotación de los bienes, muebles o inmuebles, que formen parte de su patrimonio, incluso bajo la forma de ventas, permutas u otros títulos translaticios de dominio; (b) la adquisición, a cualquier título, de terrenos, oficinas o establecimientos, materiales y elementos para el desarrollo del giro; (c) la inversión en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, la inversión y transacción de todo tipo de valores mobiliarios y efectos de comercio, nacionales o internacionales; (d) la administración y explotación en cualquier forma, de todo tipo de establecimientos comerciales, empresas o sociedades, sea que actualmente existan, o bien, que se creen en el futuro, ya sea que se encuentren o no relacionadas con el giro de la sociedad; (e) el otorgamiento de licencias, regalías y franquicias, tanto en Chile como en el extranjero, como asimismo, la prestación de los servicios necesarios para la adecuada implementación y explotación de las mismas; (f) la representación de empresas y marcas extranjeras, así como el otorgamiento de representaciones y autorizaciones de uso de marcas en el extranjero; (g) la importación, exportación, comercialización, compra, comisión, venta y distribución de todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles, como, asimismo, de todo tipo de artículos, componentes o partes para la implementación y explotación del giro; (h) la prestación de servicios propios de la actividad empresarial, tales como publicidad, cobro de licencias, servicios de computación y tecnología, de asesoría tecnológica, financiera y comercial, incluida la elaboración, desarrollo, fabricación y comercialización de softwares tecnológicos de toda clase; (i) la prestación de servicios de contabilidad, comercio exterior y tesorería, el procesamiento de datos, servicios de administración de personal y capacitación, servicios de cobranza, evaluación de clientes, marketing estratégico, mantención de oficinas, servicios de seguridad y gestión de clientes; (j) contratar por cuenta propia o ajena publicidad y)o promoción en medios escritos radiales, televisivos o cualquier otro medio de comunicación social, y; (k) en general, por cuenta propia o ajena, la celebración de cualquier acto y)o contrato relacionado con los fines sociales, y de toda otra actividad, civil o comercial, en que la sociedad decida participar, ya sea que diga relación o no con el objeto principal.”

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RAIMUNDO ESPINOZA WOOD, Abogado, Notario Público Suplente de doña MYRIAM AMIGO ARANCIBIA, abogado, Notario Público Titular de la 21ª Notaría de Santiago, con oficio en esta comuna, en calle Huérfanos Nº 578, CERTIFICO: Por escritura pública de fecha 6/12/2021, Repertorio Nº 15.224/2021, ante mí, don Fernando Andrés López Zambrano, abogado, C.I. 17.627.991-5,en representación de don Franklin Enrique Seguel Quezada, de don Eugenio Andres Lovera Rebolledo, de don Roberto Grass Kurte, y de doña María Carolina Grass Camus, todos domiciliados en Avenida Irarrázaval N° 2401, oficina 804, Ñuñoa, redujo a escritura pública acta de junta extraordinaria de accionistas de la sociedad AUTAZO SpA, por medio de la cual se acordó la modificación de los estatutos de la sociedad referida, inscrita a fojas 22.126 Número 11.205 del Registro de Comercio del año 2019. La modificación consiste en: reemplazar el actual Artículo Quinto de los estatutos, por el siguiente: “ARTÍCULO QUINTO.- OBJETO: El objeto o giro de la sociedad es (a) la compra, venta, arrendamiento, suministro, agencia, consignación y leasing de vehículos motorizados, nuevos o usados, y en general, cualquier otra actividad, civil o comercial, que los socios determinen, ya sea que diga o no relación con el objeto principal de la sociedad. Con los objetivos anteriores, la sociedad podrá ingresar en sociedades, comunidades, cooperativas o asociaciones, adquirir el activo y pasivo de empresas, sociedades o negocios, dedicarse a la explotación de los bienes, muebles o inmuebles, que formen parte de su patrimonio, incluso bajo la forma de ventas, permutas u otros títulos translaticios de dominio; (b) la adquisición, a cualquier título, de terrenos, oficinas o establecimientos, materiales y elementos para el desarrollo del giro; (c) la inversión en todo tipo de bienes, muebles e inmuebles, la inversión y transacción de todo tipo de valores mobiliarios y efectos de comercio, nacionales o internacionales; (d) la administración y explotación en cualquier forma, de todo tipo de establecimientos comerciales, empresas o sociedades, sea que actualmente existan, o bien, que se creen en el futuro, ya sea que se encuentren o no relacionadas con el giro de la sociedad; (e) el otorgamiento de licencias, regalías y franquicias, tanto en Chile como en el extranjero, como asimismo, la prestación de los servicios necesarios para la adecuada implementación y explotación de las mismas; (f) la representación de empresas y marcas extranjeras, así como el otorgamiento de representaciones y autorizaciones de uso de marcas en el extranjero; (g) la importación, exportación, comercialización, compra, comisión, venta y distribución de todo tipo de bienes, corporales e incorporales, muebles o inmuebles, como, asimismo, de todo tipo de artículos, componentes o partes para la implementación y explotación del giro; (h) la prestación de servicios propios de la actividad empresarial, tales como publicidad, cobro de licencias, servicios de computación y tecnología, de asesoría tecnológica, financiera y comercial, incluida la elaboración, desarrollo, fabricación y comercialización de softwares tecnológicos de toda clase; (i) la prestación de servicios de contabilidad, comercio exterior y tesorería, el procesamiento de datos, servicios de administración de personal y capacitación, servicios de cobranza, evaluación de clientes, marketing estratégico, mantención de oficinas, servicios de seguridad y gestión de clientes; (j) contratar por cuenta propia o ajena publicidad y/o promoción en medios escritos radiales, televisivos o cualquier otro medio de comunicación social, y; (k) en general, por cuenta propia o ajena, la celebración de cualquier acto y/o contrato relacionado con los fines sociales, y de toda otra actividad, civil o comercial, en que la sociedad decida participar, ya sea que diga relación o no con el objeto principal.” Demás estipulaciones en escritura extractada.- En Santiago, 15 de diciembre de 2021.