MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Ingeniería y Construcción Cancha Rayada y Compañía Limitada

RUT 77939460-3 CVE 2063426
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2021
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2021
Repertorio
6978/2021
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 16 de diciembre de 2021, ante mí, Repertorio 6978/2021: don JUAN EDUARDO MUJICA CARRASCO; doña CONSTANZA ISABEL OSSA GOMEZ; doña CONSTANZA MARÍA MUJICA OSSA; don JUAN EDUARDO MUJICA OSSA; doña SOFIA MARIA MUJICA OSSA, don ÁLVARO JOSÉ MUJICA OSSA, y don SEBASTIÁN JOSÉ MUJICA OSSA, todos domiciliados en Avenida Nueva Costanera número tres mil seiscientos noventa y ocho piso cinco Vitacura, modificaron la sociedad INGENIERÍA Y CONSTRUCCIÓN CANCHA RAYADA Y COMPAÑÍA LIMITADA rol único tributario número 77.939.460-3, constituida por escritura pública otorgada en la notaria de Santiago de don Camilo Valenzuela Riveros, con fecha veintisiete de mayo de dos mil tres, inscrita a Fojas catorce mil setecientos noventa y dos número once mil trescientos veinticinco del Registro de Comercio de Santiago del año dos mil tres, en los siguiente: Uno) a) don Juan Eduardo Mujica Carrasco vende, cede y transfiere el ocho coma cinco por ciento de los derechos sociales a doña Constanza María Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de ochenta y seis mil setecientos pesos. b) don Juan Eduardo Mujica Carrasco vende, cede y transfiere el ocho coma cinco por ciento de los derechos sociales a don Juan Eduardo Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de ochenta y siete mil seiscientos pesos. c) don Juan Eduardo Mujica Carrasco vende, cede y transfiere el ocho coma cinco por ciento de los derechos sociales a doña Sofía María Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de ochenta y seis mil setecientos pesos. d) don Juan Eduardo Mujica Carrasco vende, cede y transfiere el cinco coma cinco por ciento de los derechos sociales a don Álvaro José Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de cincuenta y seis mil cien pesos. e) doña Constanza Isabel Ossa Gomez vende, cede y transfiere el siete coma cinco por ciento de los derechos sociales a don Álvaro José Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de cincuenta y tres mil doscientos cincuenta pesos. f) doña Constanza Isabel Ossa Gomez vende, cede y transfiere el trece por ciento de los derechos sociales a don Sebastián José Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de noventa y tres mil seiscientos pesos. Como consecuencia de las cesiones indicadas a la fecha presente son los únicos socios de Ingeniería y Construcción Cancha Rayada y Compañía Limitada: don Juan Eduardo Mujica Carrasco con el veinte por ciento del capital social, doña Constanza Isabel Ossa Gómez con el quince por ciento del capital social; doña Constanza María Mujica Ossa con el trece por ciento del capital social; don Juan Eduardo Mujica Ossa con el trece por ciento del capital social, doña Sofía María Mujica Ossa con el trece por ciento del capital social, don Álvaro José Mujica Ossa con el trece por ciento del capital social y don Sebastián José Mujica Ossa con el trece por ciento del capital social. Dos) Remplazan la cláusula quinta del pacto social por la siguiente: “QUINTO” El capital de la sociedad es la suma de dos millones de pesos, que se entera, aporta y paga por los socios de la siguiente forma: a) Don Juan Eduardo Mujica Carrasco aporta la cantidad de cuatrocientos mil pesos, equivalente al veinte por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; b) doña Constanza Isabel Ossa Gomez aporta la cantidad de trescientos mil pesos, equivalente al quince por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; c) doña Constanza María Mujica Ossa aporta la cantidad de doscientos sesenta mil pesos, equivalente al trece por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; d) Don Juan Eduardo Mujica Ossa aporta la cantidad de doscientos sesenta mil pesos, equivalente al trece por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; e) doña Sofía María Mujica Ossa aporta la cantidad de doscientos sesenta mil pesos, equivalente al trece por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; f) don Álvaro José Mujica Ossa aporta la cantidad de doscientos sesenta mil pesos, equivalente al trece por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; y g) don Sebastián José Mujica Ossa aporta la cantidad de doscientos sesenta mil pesos, equivalente al trece por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social. En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras sociales anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de los socios la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 16 de diciembre de 2021.-cr