MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Consultoría e Inspección Técnica de Obras Juan Eduardo Mujica y Compañía Limitada

RUT 77035420-K CVE 2063422
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2021
Notaría
Providencia

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2021
Repertorio
6980/2021
Comuna
Providencia

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS EDUARDO RODRIGUEZ BURR, abogado, Notario Santiago, Titular de la Primera Notaría de Providencia, Avda. Providencia 1777, certifico: que por escritura pública otorgada el 16 de diciembre de 2021, ante mí, Repertorio 6980/2021: don JUAN EDUARDO MUJICA CARRASCO; doña CONSTANZA ISABEL OSSA GOMEZ; doña CONSTANZA MARÍA MUJICA OSSA; don JUAN EDUARDO MUJICA OSSA; doña SOFIA MARIA MUJICA OSSA, don ÁLVARO JOSÉ MUJICA OSSA, y don SEBASTIÁN JOSÉ MUJICA OSSA, todos domiciliados en Avenida Nueva Costanera número tres mil seiscientos noventa y ocho piso cinco Vitacura, modificaron la sociedad CONSULTORÍA E INSPECCIÓN TECNICA DE OBRAS JUAN EDUARDO MUJICA Y COMPAÑÍA LIMITADA rol único tributario número 77.035.420-k, constituida por escritura pública de fecha quince de mayo de mil novecientos noventa y siete ante la Notaria de Santiago doña Antonieta Mendoza Escalas, inscrita a Fojas doce mil trescientos setenta y dos número nueve mil novecientos siete del Registro de Comercio de Santiago del año mil novecientos noventa y siete en lo siguiente: Uno) a) don Juan Eduardo Mujica Carrasco vende, cede y transfiere el veintiséis por ciento de los derechos sociales a doña Constanza María Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de tres millones cuarenta y cinco mil ochocientos sesenta y siete coma cinco pesos. b) don Juan Eduardo Mujica Carrasco vende, cede y transfiere el doce por ciento de los derechos sociales a don Juan Eduardo Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de un millón cuatrocientos cinco mil setecientos ochenta y cinco pesos. c) don Juan Eduardo Mujica Carrasco vende, cede y transfiere el doce por ciento de los derechos sociales a doña Sofía María Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de un millón cuatrocientos cinco mil setecientos ochenta y cinco pesos. d) don Juan Eduardo Mujica Carrasco vende, cede y transfiere el trece por ciento de los derechos sociales a don Álvaro José Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de un millón quinientos veintidós mil novecientos treinta y tres coma setenta y cinco pesos. e) don Juan Eduardo Mujica Carrasco vende, cede y transfiere el trece por ciento de los derechos sociales a don Sebastián José Mujica Ossa, quien los compra y adquiere para sí en la suma de un millón quinientos veintidós mil novecientos treinta y tres coma setenta y cinco pesos. f) doña Constanza María Mujica Ossa vende, cede y transfiere el catorce por ciento de los derechos sociales a doña Constanza Isabel Ossa Gomez, quien los compra y adquiere para sí en la suma de cuatrocientos sesenta y un mil doscientos setenta y tres coma veintiséis pesos. Como consecuencia de las cesiones indicadas, a la fecha presente son los únicos socios de Consultoría e Inspección Técnica de Obras Juan Eduardo Mujica y Compañía Limitada don Juan Eduardo Mujica Carrasco con el veinte por ciento del capital social, doña Constanza Isabel Ossa Gómez con el quince por ciento del capital social; doña Constanza María Mujica Ossa con el trece por ciento del capital social; don Juan Eduardo Mujica Ossa con el trece por ciento del capital social, doña Sofía María Mujica Ossa con el trece por ciento del capital social, don Álvaro José Mujica Ossa con el trece por ciento del capital social y don Sebastián José Mujica Ossa con el trece por ciento del capital social. Dos) Remplazan la cláusula quinta del pacto social por la siguiente: “QUINTO” El capital de la sociedad es la suma de doce millones doscientos dos mil novecientos noventa y cinco pesos, que se entera, aporta y paga por los socios de la siguiente forma: a) Don Juan Eduardo Mujica Carrasco aporta la cantidad de dos millones cuatrocientos cuarenta mil quinientos noventa y nueve pesos, equivalente al veinte por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; b) Doña Constanza Isabel Ossa Gomez aporta la cantidad de un millón ochocientos treinta mil cuatrocientos cuarenta y nueve pesos, equivalente al quince por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; Doña Constanza María Mujica Ossa aporta la cantidad de un millón quinientos ochenta y seis mil trescientos ochenta y nueve pesos, equivalente al trece por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; d) Don Juan Eduardo Mujica Ossa aporta la cantidad de un millón quinientos ochenta y seis mil trescientos ochenta y nueve pesos, equivalente al trece por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; e) Doña Sofía María Mujica Ossa aporta la cantidad de un millón quinientos ochenta y seis mil trescientos ochenta y nueve pesos, equivalente al trece por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; f) Don Álvaro José Mujica Ossa aporta la cantidad de un millón quinientos ochenta y seis mil trescientos ochenta y nueve pesos, equivalente al trece por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social; y g) Don Sebastián José Mujica Ossa aporta la cantidad de un millón quinientos ochenta y seis mil trescientos ochenta y nueve pesos, equivalente al trece por ciento del capital social, ya pagados en dinero efectivo en la caja social. En lo no modificado, rigen íntegramente las estipulaciones contenidas en las escrituras sociales anteriores, especialmente en cuanto dice relación con la responsabilidad de los socios la que queda limitada al monto de sus respectivos aportes. Santiago, 16 de diciembre de 2021.-cr