MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Austral SpA

RUT 99541020-6 CVE 2063359
Capital
$2.501.021 CLP
Fecha instrumento
21 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
21 de diciembre de 2021
Notario
ALVARO GONZALEZ SALINAS
Oficio
Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$2.501.021 CLP
Duración
- ARTÍCULO TERCERO:

Objeto social

Cuatro. Reemplazar el Artículo Tercero del Título Primero y el Artículo Quinto del Título Segundo del Estatuto Social por los siguientes: “TITULO PRIMERO: Del Nombre Domicilio, Objeto y

Personas y entidades (1)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
AUSTRAL SpA socio 99541020-6

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALVARO GONZALEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la Cuadragésima Segunda Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número 1070, 2 piso, Santiago, Región Metropolitana, certifico que por escritura pública de fecha 21 de diciembre de 2021, ante mí, INVERSIONES NEVADA S.A., representada por don JAIME ABUMOHOR GIDI; y COMERCIAL DE VALORES INVERSIONES SpA, representada por don PABLO ABUMOHOR NORDENFLYCHT, todos domiciliados en Av. Isidora Goyenechea 3621, piso 15, Las Condes, Región Metropolitana; en su calidad de únicos y actuales accionistas de AUSTRAL SpA., Rol Único Tributario N°99.541.020-6, inscrita a fojas 35.963, número 27.239 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago año 2003, acordaron las siguientes modificaciones sociales: uno.- Aumentar el capital en la suma de $21.000, por concepto de revalorización del capital propio, sin emisión de acciones de pago; dos.- Aumentar el capital social de la suma de $1.021.000, dividido en 1.000 acciones, a la suma de $2.501.021.000, dividido en 6.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. Tres.- Ampliar el objeto social. Cuatro. Reemplazar el Artículo Tercero del Título Primero y el Artículo Quinto del Título Segundo del Estatuto Social por los siguientes: “TITULO PRIMERO: Del Nombre Domicilio, Objeto y Duración.- ARTÍCULO TERCERO: Objeto: La sociedad tendrá por objeto: a) La elaboración, producción, comercialización, exportación, importación y, en general, la compra, venta e intermediación en la venta de todo tipo de productos alimenticios, o de cualquier material o bienes relaciones con los alimentos, en cualquiera de sus formas, pudiendo actuar por cuenta propia o ajena; b) El abastecimiento y atención de casino de empresas públicas y privadas, pudiendo abarcar dentro del giro social todo tipo de productos alimenticios; c) Servicios de gestión logística, almacenaje y bodegaje, así como servicios de transporte de carga en general; d) La inversión de capitales, en toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales, tales como acciones, promesas de acciones, bonos y debentures, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. Adquirir, enajenar y explotar toda clase de bienes inmuebles, explotarlos directamente o por terceros en cualquier forma, administrar por cuenta propia o ajena dichas inversiones; e) La comercialización, distribución, preparación y abastecimiento de productos alimenticios en general, la prestación de servicios de banquetería, manifestaciones, atención de casinos de empresas públicas y privadas, la importación, exportación y envasado de productos alimenticios y todo otro producto necesario para el giro de la empresa. f) Podrá además celebrar y ejecutar todos aquellos contratos y actos de comercio referidos directa o indirectamente con el objeto social, en Chile o en el extranjero, pudiendo ser agente o representante de todo tipo de sociedades chilenas o extranjeras y en general la sociedad podrá realizar todos los actos y contratos que estime necesarios para la consecución de los fines antes señalados. “TITULO SEGUNDO: Del capital y las acciones.- ARTÍCULO QUINTO: Capital.- El capital de la sociedad es la suma de $2.501.021.000 dividido en 6.000 acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal, que se suscriben y pagan en la forma señalada en las disposiciones transitorias. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes.” Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 23 de Diciembre de 2021.-