Servicios Informáticos Marín y Gatica Limitada
Instrumento
- Fecha
- 9 de enero de 2013
- Repertorio
- 3837/2021
- Notario
- MARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO
- Domicilio
- Concepción
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (2)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| VICTOR ALEJANDRO MARÍN VERGARA | socio | 12701560-0 | — | — | |
| DORIS ANDREA GATICA ZAMBRANO | socio | 12919717-K | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIO PATRICIO ABURTO CONTARDO, Notario Público de Concepción, con oficio en calle Colo Colo N°304, certifico: Que por escritura pública HOY, Repertorio N°3.837/2021, ante mí: VICTOR ALEJANDRO MARÍN VERGARA, RUT: 12.701.560-0, y DORIS ANDREA GATICA ZAMBRANO, RUT: 12.919.717-k, ambos domiciliados en calle Uno, casa 752, Brisas del Sol, comuna de Talcahuano, modificaron la sociedad SERVICIOS INFORMÁTICOS MARIN Y GATICA LIMITADA, sociedad del giro de su denominación, RUT: 76.236.241-4, constituida por escritura pública de fecha 9 de enero del año 2013, otorgada ante el Notario Público de Talcahuano don Juan Roberto Arias Garrido, y cuyo extracto se inscribió a fojas 23 bajo el Nº20 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Talcahuano del año 2013 y se publicó en el Diario Oficial de fecha 14 de enero del mismo año. De conformidad con sus estatutos, el capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000, íntegramente suscrito, pagado y enterado por los socios.- Las modificaciones sociales consisten: 1) Aumento de Capital. Los socios en forma unánime acuerdan aumentar el capital de la sociedad de $1.000.000, en la suma de $2.000.000. En consecuencia, el nuevo capital de la sociedad quedará fijado en $3.000.000. 2) Pago del aumento de capital. Los socios acuerdan que el aumento de capital de $2.000.000, sea íntegramente suscrito y pagado por doña DORIS ANDREA GATICA ZAMBRANO enterando en la caja social la cantidad de $2.000.000. 3) Modificaciones al Estatuto Social. Los comparecientes acuerdan sustituir el artículo sexto del estatuto social, por el siguiente: “SEXTO: El capital de la sociedad es la suma de $3.000.000, el cual se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios en la caja social, en las proporciones siguientes: a) Don VICTOR ALEJANDRO MARIN VERGARA, aportó $900.000, equivalentes al 30% del capital y derechos sociales y; b) Doña DORIS ANDREA GATICA ZAMBRANO, aportó $2.100.000, equivalentes al 70% del capital y derechos sociales. Los socios declaran que su responsabilidad se limita al monto de sus respectivos aportes”. 4) En lo demás, los estatutos sociales de SERVICIOS INFORMÁTICOS MARIN Y GATICA LIMITADA se mantienen íntegramente vigentes, en especial la limitación de responsabilidad hasta el monto de los respectivos aportes.- CONCEPCION, 22 de DICIEMBRE del año 2021.- lmd.