ELECTRO AUSTRAL GENERACIÓN S.A.
Instrumento
- Fecha
- 29 de octubre de 2021
- Repertorio
- 49420
- Notario
- ALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS
- Oficio
- 42ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $15.036.660.075 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, abogado, Notario Público, Titular de la 42ª Notaría Santiago, con oficio en Calle Agustinas Nº 1.070 piso 2, certifico: que por escritura pública de fecha 29 de octubre de 2021, Repertorio Nº 49.420, ante mí, se redujo a escritura pública acta Junta Extraordinaria de accionistas de la sociedad ELECTRO AUSTRAL GENERACIÓN S.A., celebrada con fecha 29 de octubre de 2021. La sociedad fue constituida por escritura pública de fecha 11 de febrero de 2008, otorgada en la Notaría de Santiago de don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas 9.423 número 6.279 del Registro de Comercio de Santiago, año 2008; en la Junta se acordó por la unanimidad de las acciones: i) aprobar la fusión por incorporación de Hidroeléctrica Los Almendros S.A., Inversiones Antillanca S.A. e Inversiones Ombú Limitada, todas en adelante las “Absorbidas”, en Electro Austral Generación S.A., sociedad esta última que absorbe a las Absorbidas. La fusión tiene efecto con fecha 29 de octubre de 2021. Producto de la fusión Electro Austral Generación S.A. adquiere todos los activos y pasivos de las Absorbidas y las sucede en todos sus derechos y obligaciones. Producto de la fusión, se disuelven las Absorbidas incorporándose sus accionistas como accionistas de Electro Austral Generación S.A.; ii) aumentar el capital de Electro Austral Generación S.A. en la suma equivalente a los capitales de las Absorbidas. Es decir, por la cantidad de $8.102.458.780, mediante la emisión de 352.280.817 nuevas acciones. Por lo que se modifica el artículo quinto de los estatutos, quedando de la siguiente manera: “Artículo Quinto: El capital de la sociedad será de $15.036.660.075, dividido en $15.036.660.075, dividido en 653.767.830 acciones nominativas, de una misma y única serie y sin valor nominal que se suscribe y paga en la forma indicada en el artículo primero transitorio de los estatutos”. - Otros acuerdos en escritura extractada. Se facultó al portador del extracto para su legalización. Santiago, 21 de diciembre de 2021.