COMERCIAL E INVERSIONES CIMERA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 15 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 100090-2021
- Notario
- MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
- Oficio
- 38ª Notaría Santiago
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular 38ª Notaría Santiago, con oficio en calle Miraflores N° 178, quinto piso, Comuna de Santiago, Región Metropolitana, certifica que: Por escritura pública de fecha 15 de diciembre de 2021 bajo repertorio 100.090-2021, ante mí, doña ANAMARÍA LORETTO SCHIAFFINO FÁEZ, chilena, soltera, factor de comercio, C.I. N° 7.220.628-2, domiciliada para estos efectos en Diego de Almagro 4715, depto.110, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana; don CRISTIÁN FABRICIO SCHIAFFINO FÁEZ, chileno, divorciado, empresario, C.I. N° 8.616.853-7, domiciliado para estos efectos en calle Tomas Guevara 2991 depto. 1102, comuna de Providencia, Región Metropolitana; y doña PERLA PAMELA SCHIAFFINO FÁEZ, chilena, divorciada, técnico en turismo, C.I. N° 8.289.081-5, domiciliada para estos efectos en calle Padre Damián Veuster 2.550, depto. 42, Peumo 2, comuna de Vitacura, Región Metropolitana; acordaron modificar el Artículo Cuarto de los estatutos relativo a la duración de la sociedad COMERCIAL E INVERSIONES CIMERA LIMITADA, R.U.T N°78.180.790-7, constituida por escritura pública de fecha 20 de noviembre del año 1991, otorgada en la Notaría de Santiago de don Félix Jara Cadot bajo repertorio N°728, cuyo extracto autorizado se inscribió a fojas 41.322 número 20.886 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 1991, la que ha experimentado diversas modificaciones, siendo la más reciente aquella efectuada por escritura pública de fecha fecha 12 de noviembre del año 2021, bajo repertorio 87.384 guion 2021, cuyo extracto autorizado fue inscrito a fojas 92.119 número 42.313 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2021, el que quedará de la siguiente forma: “Artículo Cuarto: La duración de la Sociedad será hasta el día treinta y uno de diciembre del año dos mil veintiuno.” Los socios reiteran que su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales se encuentra limitada al monto de sus respectivos aportes. En todo lo no modificado expresamente, se mantienen íntegramente vigentes los estatutos sociales de la Sociedad. Otras estipulaciones no son materia de extracto constan escritura extractada. Santiago, 22 de diciembre de 2021, María Soledad Lascar Merino Notario Público.