MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS CABALLERO LIMITADA

RUT 76538746-9 CVE 2061562
Fecha instrumento
22 de diciembre de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
22 de diciembre de 2021
Notario
JORGE ELIAS TADRES HALES
Domicilio
Temuco

Sociedad

Domicilio
Temuco
Duración
Mismo día firma presente escritura, cinco años contados misma fecha, renovables tácita sucesivamente períodos iguales, aviso seis meses anticipación. ADMINISTRACIÓN Y USO

Objeto social

El objeto de la sociedad será la administración y explotación de servicios de transporte nacional e internacional, de fletes y carga propia o ajena, por medio de camiones, camionetas y demás vehículos de transporte automotriz, incluyendo la celebración de contratos de arrendamiento, tanto en calidad de arrendador como en calidad de arrendatario, de todo tipo de vehículos motorizados, sean de paseo, pasajeros, turismo y)o carga y además maquinaria pesada; la prestación de servicios con maquinarias propias de construcción y arriendo de todo tipo de maquinarias de la misma especie, tanto como arrendador como arrendatario, sean propias o ajenas; la comercialización en todas sus formas de todo tipo de áridos, propios o ajenos, además la realización de cualquier otro acto, negocio o convención civil o comercial, que se relacione directa o indirectamente con los fines sociales

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifico: por escritura pública fecha dieciséis de Diciembre de dos mil veintiuno, ante mi Suplente Ismenia Catalina Bravo Aedo, don SALVADOR GUILLERMO ANTONIO CABALLERO INOSTROZA, chileno, empresario, soltero, cédula nacional de identidad número trece millones ciento doce mil cuatrocientos treinta y siete guión seis, domiciliado camino Temuco - Labranza, kilómetro cinco coma cinco, de la comuna de Temuco; y doña CLAUDIA ANDREA CABALLERO INOSTROZA, chilena, empresaria, casada y separada totalmente de bienes, cédula nacional de identidad número doce millones setecientos siete mil setecientos ochenta guión cero, domiciliada en pasaje Los Canelos número ochocientos cincuenta y dos, de la comuna de Lautaro, y de paso en ésta, expusieron: Antecedentes: a) Por escritura pública de fecha tres de noviembre de dos mil quince, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Humberto Toro Martínez-Conde, don Salvador Guillermo Antonio Caballero Inostroza y doña Daniela Alejandra Muñoz Pérez, constituyeron una sociedad comercial de responsabilidad limitada, regida por la Ley tres mil novecientos dieciocho y sus modificaciones posteriores, teniendo además presente las disposiciones de los Códigos Civil y de Comercio, denominada “SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS TRANSMAQ-CAMU- LIMITADA”, Rol Único Tributario número setenta y seis millones quinientos treinta y ocho mil setecientos cuarenta y seis guión nueve, cuyo extracto fue inscrito a fojas ciento treinta y tres bajo el número ochenta y siete, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, del año dos mil dieciséis. b) Posteriormente, por escritura pública de fecha catorce de enero de dos mil dieciséis, otorgada ante el Notario Público de Temuco, don Humberto Toro Martínez-Conde, se saneó la sociedad en el sentido que el extracto de la constitución de la sociedad no se inscribió dentro del plazo legal, por lo que en virtud de lo dispuesto en la Ley número diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve, corrigieron y sanearon dicho vicio. El extracto de la escritura pública referida fue inscrito a fojas ciento treinta y cuatro, número ochenta y ocho, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, del año dos mil dieciséis, siendo publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta y un mil trescientos sesenta y dos, de fecha veintiuno de enero de dos mil dieciséis. c) Con fecha seis de septiembre de dos mil dieciséis ante el Notario Público de Temuco don Jorge Tadres Hales, los socios modificaron la sociedad, y doña DANIELA ALEJANDRA MUÑOZ PÉREZ, le vendió y cedió la totalidad de sus derechos sociales a doña CLAUDIA ANDREA CABALLERO INOSTROZA, cuyo extracto fue inscrito a fojas mil quinientos treinta y nueve vuelta bajo el número mil doce, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil dieciséis, siendo publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta y un mil quinientos setenta y siete, de fecha seis de octubre de dos mil dieciséis. En mérito de la modificación antes señalada, los únicos y actuales socios son don SALVADOR GUILLERMO ANTONIO CABALLERO INOSTROZA y doña CLAUDIA ANDREA CABALLERO INOSTROZA, quienes en la mencionada escritura modificaron, asimismo, el nombre de la sociedad a “SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS CABALLERO LIMITADA”, siendo su nombre de fantasía “TRANSPORTES Y ARRIENDOS CABALLERO LIMITADA”. El capital inicial de la sociedad no fue modificado, siendo la suma de treinta y cinco millones de pesos, correspondiendo a don Salvador Guillermo Antonio Caballero Inostroza el noventa por ciento y a doña Claudia Andrea Caballero Inostroza el diez por ciento. Las utilidades, pérdidas y responsabilidades serán un noventa por ciento para el socio Salvador Guillermo Antonio Caballero Inostroza, y un diez por ciento para la socia Claudia Andrea Caballero Inostroza. d) Finalmente, con fecha nueve de noviembre de dos mil dieciséis ante el Notario Público de Temuco don Jorge Tadres Hales, los socios modificaron la sociedad, en el sentido que la administración y plena representación judicial y extrajudicial de la sociedad corresponderá al socio don SALVADOR GUILLERMO ANTONIO CABALLERO INOSTROZA, quien actuando en nombre de la sociedad y anteponiendo la razón social a su firma, la obligará en todos los actos y contratos que celebre por ella, cuyo extracto fue inscrito a fojas mil ochocientos treinta y cuatro vuelta bajo el número mil doscientos tres, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco del año dos mil dieciséis, siendo publicado en la edición del Diario Oficial número cuarenta y un mil seiscientos treinta, de fecha doce de diciembre de dos mil dieciséis. PRESENTE SANEAMIENTO: Que habiendo realizado una revisión de los antecedentes legales de la “SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS TRANSMAQ-CAMU- LIMITADA”, actual “SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS CABALLERO LIMITADA”, se ha podido determinar que se ha incurrido en un vicio consistente en que el extracto del pacto social celebrado por escritura pública de fecha tres de noviembre de dos mil quince, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Humberto Toro Martínez-Conde, y suscrito entre don Salvador Guillermo Antonio Caballero Inostroza y doña Daniela Alejandra Muñoz Pérez e inscrito a fojas ciento treinta y tres bajo el número ochenta y siete, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Temuco, del año dos mil dieciséis no fue publicado dentro del plazo legal en el Diario Oficial, por lo cual, de acuerdo a lo dispuesto en la ley diecinueve mil cuatrocientos noventa y nueve que establece normas sobre saneamiento de vicios de nulidad de sociedades, los comparecientes de común acuerdo suscribieron escritura de saneamiento con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo tercero de la citada ley, por lo cual se transcribe íntegramente el extracto correspondiente a la escritura de Constitución de la Sociedad, otorgada ante el Notario Público de Temuco don Humberto Toro Martínez-Conde de fecha tres de noviembre de dos mil quince, de tal manera que el vicio quede saneado. El extracto publicado de manera extemporánea era del tenor siguiente: “Extracto. Humberto Toro Martínez-Conde, Notario Público Temuco, Oficio Claro Solar ochocientos treinta y uno, certifico: Por escritura fecha tres de noviembre de dos mil quince, ante mí, SALVADOR GUILLERMO ANTONIO CABALLERO INOSTROZA, El Serval número cero dos mil ciento setenta y nueve, Temuco, y DANIELA ALEJANDRA MUÑOZ PÉREZ, El Serval número cero dos mil ciento setenta y nueve, Temuco, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. RAZON SOCIAL: "SOCIEDAD DE TRANSPORTES Y ARRIENDO DE MAQUINARIAS TRANSMAQ-CAMU LIMITADA", nombre de fantasía “TRANSPORTES Y ARRIENDOS TRANSMAQ-CAMU LTDA.”.- OBJETO SOCIAL: El objeto de la sociedad será la administración y explotación de servicios de transporte nacional e internacional, de fletes y carga propia o ajena, por medio de camiones, camionetas y demás vehículos de transporte automotriz, incluyendo la celebración de contratos de arrendamiento, tanto en calidad de arrendador como en calidad de arrendatario, de todo tipo de vehículos motorizados, sean de paseo, pasajeros, turismo y/o carga y además maquinaria pesada; la prestación de servicios con maquinarias propias de construcción y arriendo de todo tipo de maquinarias de la misma especie, tanto como arrendador como arrendatario, sean propias o ajenas; la comercialización en todas sus formas de todo tipo de áridos, propios o ajenos, además la realización de cualquier otro acto, negocio o convención civil o comercial, que se relacione directa o indirectamente con los fines sociales. CAPITAL SOCIAL: Treinta y cinco millones de pesos. Aportes: a) El socio SALVADOR GUILLERMO ANTONIO CABALLERO INOSTROZA aporta el noventa por ciento total del capital, esto es, treinta y un millones quinientos mil pesos, con el aporte en dominio indicados en el pacto social; b) La socia DANIELA ALEJANDRA MUÑOZ PÉREZ aporta el diez por ciento total del capital, esto es, tres millones quinientos mil pesos, al contado y en dinero efectivo que ingresa a las arcas sociales. UTILIDADES Y PERDIDAS: Distribuidas en un setenta por ciento para el socio SALVADOR GUILLERMO ANTONIO CABALLERO INOSTROZA y un treinta por ciento para la socia DANIELA ALEJANDRA MUÑOZ PÉREZ. VIGENCIA: Mismo día firma presente escritura, cinco años contados misma fecha, renovables tácita sucesivamente períodos iguales, aviso seis meses anticipación. ADMINISTRACIÓN Y USO RAZÓN SOCIAL: Socio SALVADOR GUILLERMO ANTONIO CABALLERO INOSTROZA, exclusivamente, sin limitación. RESPONSABILIDAD: Monto aportes. DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio sucursales resto país o extranjero. Demás estipulaciones escritura extractada. Temuco cuatro de enero de dos mil dieciséis.”. Conforme.- Demás estipulaciones consta en escritura extractada. Temuco, 22 de Diciembre de 2021.-