CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

OKBOM SpA

RUT 25209817-8 CVE 2062066
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2021
Repertorio
70558
Notario
ALVARO ORELLANA JARA
Domicilio
titular don WLADIMIR SCHRAMM LÓPEZ
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

a) La importación, distribución y comercialización de toda clase de bienes corporales muebles. b) La representación de marcas y productos nacionales y extranjeros; c) En general realizar cualquier clase de negocios o actos que los accionistas acuerden, sin limitación alguna, estén o no relacionados con los anteriores y celebrar toda clase de actos, contratos o negocios directa o indirectamente relacionados con el

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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ALVARO ORELLANA JARA, Abogado, Notario Público, Suplente del titular don WLADIMIR SCHRAMM LÓPEZ, de la 49º Notaría de Santiago, Amunategui Nº391Local 1 CERTIFICA: Por escritura pública de fecha 10-12-2021, Repertorio Nº 70.558, ante el titular don WLADIMIR SCHRAMM LÓPEZ, XIAODONG NIE, CI. 25.209.817-8 y, don KE SUN, CI. 26.011.601-0, constituyen sociedad por acciones. Nombre: “OKBOM SpA”. Objeto: a) La importación, distribución y comercialización de toda clase de bienes corporales muebles. b) La representación de marcas y productos nacionales y extranjeros; c) En general realizar cualquier clase de negocios o actos que los accionistas acuerden, sin limitación alguna, estén o no relacionados con los anteriores y celebrar toda clase de actos, contratos o negocios directa o indirectamente relacionados con el objeto social. Duración: Indefinida. Capital: El capital de la sociedad es la suma de diez millones de pesos, dividido en mil acciones nominativas, de una sola serie, sin valor nominal, quedando completamente suscrito y pagado, en la forma indicada en el Artículo Primero Transitorio. Domicilio: Domicilio: Ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio del establecimiento de agencias, sucursales u oficinas en el resto del país o en el extranjero. Demás cláusulas constan en escritura extractada. Santiago, 20 Diciembre 2021.