MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

Inversiones OM SpA

RUT 76697476-7 CVE 2061877
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
30 de noviembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
30 de noviembre de 2021
Notario
Juan Ricardo San Martín Urrejola
Oficio
43° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$10.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Juan Ricardo San Martín Urrejola, abogado, Notario Público Titular de la 43° Notaría de Santiago, con oficio en calle Huérfanos N° 835, piso 18, comuna de Santiago, certifico que por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2021, ante mí, Sociedad de Inversiones Tajamar Limitada modificó la sociedad “Inversiones OM SpA”, en adelante la “Sociedad”, inscrita a fojas 22.512 número 11.410 del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2019, en los siguientes términos y condiciones: (i) Aumento de capital: Se aumentó el capital de la Sociedad en la suma de 10.000.000 de dólares de los Estados Unidos de América, mediante la emisión de 10.000.000 de acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal. En virtud de lo anterior, se aumentó el capital de 18.561.266 dólares 85 centavos de los Estados Unidos de América, dividido en 18.561.266 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal, a la suma de 28.561.266 dólares 85 centavos de los Estados Unidos de América, dividido en 28.561.266 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. (ii) Emisión, colocación, suscripción y pago de acciones. En virtud del aumento de capital, Sociedad de Inversiones Tajamar Limitada, en su calidad de única y actual accionista de la Sociedad, emitió las 10.000.000 de acciones de pago, ordinarias, de una sola serie y sin valor nominal. En el mismo acto, Sociedad de Inversiones Tajamar Limitada, suscribió las 10.000.000 de acciones de pago emitidas con motivo del aumento de capital, de las cuales 1.855.396, equivalentes a $1.855.396 dólares de los Estados Unidos de América, las pagó en ese mismo acto, a total satisfacción de la Sociedad, y las restantes 8.144.604, equivalentes a 8.144.604 dólares de los Estados Unidos de América, las pagará en el plazo de 5 años contados desde la fecha de la escritura, en la medida que las necesidades sociales lo requieran. (iii) Modificación de los estatutos: Como consecuencia del aumento de capital, Sociedad de Inversiones Tajamar Limitada, en su calidad de única y actual accionista de la Sociedad modificó los artículos quinto y segundo transitorio de los estatutos sociales de la Sociedad, dando cuenta del aumento de capital, por los siguientes: “Artículo Quinto: El capital de la Sociedad es la cantidad de 28.561.266 dólares 85 centavos de los Estados Unidos de América, dividido en 28.561.266 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal. Las acciones podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes y el plazo para suscribir y pagar las acciones de la Sociedad será de cinco años contados desde la fecha del acuerdo respectivo, salvo que los accionistas acuerden algo distinto.” “Artículo Segundo Transitorio: El capital de la Sociedad es la cantidad de 28.561.266 dólares 85 centavos de los Estados Unidos de América, dividido en 28.561.266 acciones ordinarias, nominativas, de una sola serie y sin valor nominal, las que se encuentran íntegramente suscritas por Sociedad de Inversiones Tajamar Limitada las cuales pagó, paga y pagará en la forma que se indica a continuación: i) Con la suma de 18.108.266 dólares 85 centavos de los Estados Unidos de América, equivalentes a 18.108.266 acciones, las que pagó con anterioridad a este acto, a total satisfacción de la Sociedad; ii) Con la suma de 2.308.396 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes a 2.308.396 acciones, las que paga en este acto, al contado y en dinero efectivo, a total satisfacción de la Sociedad; y iii) Con la suma de 8.144.604 dólares de los Estados Unidos de América, equivalentes a 8.144.604 acciones, las que pagará en el plazo de 5 años a contar de esta fecha, en la medida que las necesidades sociales lo requieran.” En lo no modificado permanecen plenamente vigente el estatuto de la Sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 16 de diciembre de 2021.