INVERSIONES MONTEBLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA
Instrumento
- Fecha
- 20 de diciembre de 2021
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
Sociedad
- Capital
- $3.392.377.084 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 40 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro, todo ello con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo primitivo pactado o de cualquiera de sus prórrogas
Objeto social
El objeto de la sociedad será efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, abogado, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Con fecha 11 de noviembre de 2021, ante mí, se redujo a escritura pública “Acta Junta Extraordinaria de Accionistas INVERSIONES MONTEBLANCO SOCIEDAD ANÓNIMA”, celebrada con la misma fecha ante mí, sociedad inscrita a fojas 56.216 N°32.778 del Reg. de Com. del CBR de Santiago año 2015. Se trató y acordó lo siguiente: I. Aumento de capital de pleno derecho. Se da cuenta que el capital social aumentó de pleno derecho, de la suma de $3.103.912.725, a la suma de $3.392.377.084, por revalorización del capital propio, dividido en 7.000 acciones nominativas, sin valor nominal y de una misma serie, íntegramente suscritas y pagadas. II. Modificación de Estatutos. Como consecuencia de lo anterior, se acordó por unanimidad de acciones modificar el artículo quinto de los estatutos sociales, reemplazándolo por el siguiente: “QUINTO: El capital social asciende a la suma de tres mil trescientos noventa y dos millones trescientos setenta y siete mil ochenta y cuatro pesos, dividido en siete mil acciones nominativas, de una misma serie, y sin valor nominal.” III. Transformación. A continuación, la unanimidad de los accionistas acordó transformar la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada, con efecto a partir de fecha escritura extractada, la que continuará operando bajo la razón social de “INVERSIONES MONTEBLANCO LIMITADA”. Asimismo, con motivo de la transformación, y en su calidad de socios continuadores de la sociedad, doña MARÍA DE LA PAZ CERDA ECHEVERRÍA, doña MARÍA INÉS CERDA ECHEVERRÍA, doña MARÍA DEL CARMEN CERDA ECHEVERRÍA, doña MARÍA ANGÉLICA CERDA ECHEVERRÍA, la sociedad INVERSIONES COSTA AZUL SOCIEDAD ANÓNIMA, la sociedad MANCLOVA INVERSIONES LIMITADA, la sociedad INVERSIONES JL LIMITADA, la sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LECER LIMITADA, la sociedad INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA, la sociedad INVERSIONES SANTA INÉS LIMITADA, y la sociedad INVERSIONES LA PRINCESA LIMITADA, todas domiciliadas para estos efectos en calle Flor de Azucena N°111, oficina 61 B, comuna de Las Condes, de paso en esta, Región Metropolitana, otorgaron los estatutos sociales de la sociedad INVERSIONES MONTEBLANCO LIMITADA, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón Social: INVERSIONES MONTEBLANCO LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualquier organismo público o privado, las siglas comerciales o nombres de fantasía de INVERSIONES MONTEBLANCO LTDA. o MONTEBLANCO LTDA. Domicilio: Santiago, sin perjuicio de las agencias, representaciones o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad será efectuar inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con los giros de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $3.392.377.084, que los socios han aportado y enterado en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, de la siguiente manera: i) Doña MARÍA DE LA PAZ CERDA ECHEVERRÍA, aportó la suma de $101.771.313, equivalentes al 3% del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; ii) Doña MARÍA INÉS CERDA ECHEVERRÍA, aportó la suma de $101.771.313, equivalentes al 3% del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; iii) Doña MARÍA DEL CARMEN CERDA ECHEVERRÍA, aportó la suma de $101.771.313, equivalentes al 3% del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; iv) Doña MARÍA ANGÉLICA CERDA ECHEVERRÍA, aportó la suma de $101.771.313, equivalentes al 3% del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; v) La sociedad INVERSIONES COSTA AZUL SOCIEDAD ANÓNIMA, aportó la suma de $16.477.250, equivalentes al 0,485714% del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; vi) La sociedad MANCLOVA INVERSIONES LIMITADA, aportó la suma de $353.291.817, equivalentes al 10,414285% del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; vii) La sociedad INVERSIONES JL LIMITADA, aportó la suma de $2.613.584.225, equivalentes al 77,042857% del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; viii) La sociedad ASESORÍAS E INVERSIONES LECER LIMITADA, aportó la suma de $484.635, equivalentes al 0,014286% del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; ix) La sociedad INVERSIONES SAN LUIS LIMITADA, aportó la suma de $484.635, equivalentes al 0,014286% del total de los derechos sociales en que se divide el capital social; x) La sociedad INVERSIONES SANTA INÉS LIMITADA, aportó la suma de $484.635, equivalentes al 0,014286% del total de los derechos en que se divide el capital social; y xi) La sociedad INVERSIONES LA PRINCESA LIMITADA, aportó la suma de $484.635, equivalentes al 0,014286% del total de los derechos en que se divide el capital social. Administración y Uso de Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a la sociedad ADMINISTRADORA CE SpA, del giro de su denominación, Rol Único Tributario N°77.398.369-0, la que, por medio de sus representantes legales especialmente designados para estos efectos, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Duración: 40 años contados desde la fecha de la escritura extractada, plazo que se prorrogará por períodos iguales y sucesivos de 5 años cada uno, salvo que alguno de los socios manifieste su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración expresa hecha por escritura pública, inscrita en el Registro de Comercio y anotada al margen de la inscripción del extracto de constitución de la sociedad en el mismo Registro, todo ello con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo primitivo pactado o de cualquiera de sus prórrogas. Demás estipulaciones constan escritura extractada. San Ramón, 20 de diciembre de 2021. Marcela Andrea Medina Ricci. Notario Titular.