CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Inmobiliaria e Inversiones Santa Monica SpA

CVE 2061485
Capital
$3.600 CLP
Fecha instrumento
14 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
14 de diciembre de 2021
Repertorio
99640-2021
Notario
MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO
Oficio
Trigésimo Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$3.600 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad será la cuidad de Santiago, Región Metropolitana. 3
Duración
cinco años renovables y prorrogables automáticamente por periodos iguales y sucesivos. Las

Objeto social

El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios y asesorías técnicas y agrícolas, capacitación y técnicas agrarías; compra, venta, arrendamientos, representación, exportación e importación de maquinarías, de partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales, arriendo de todo tipo de vehículos y maquinarias, a nacionales o extranjeros, aplicables a cualquier tipo de industria; b) La inversión de todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, los derechos u obligaciones, presentes o futuras ser por cuenta propia o ajena, por compra, venta permuta consignación, acopio, importación, importación, exportación, leasing, producción adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, intermediación, consignación, comercialización insumos para los mismos, asesorías, y cualquiera otra norma jurídica que se pueda desarrollar con relación al objeto social y demás actividades complementarios; c) Producción y organización de eventos de cualquier naturaleza, culturales, sociales, congresos y convenciones; arriendo y subarriendo de espacios, salones e implementación de todo tipo de eventos; además, todo lo relacionado con el rubro artístico y espectáculos culturales y sus afines o conexas, con el objeto principal de la sociedad, y en general realizar cualquier actividad lícita se relacione o no en lo presente o futuro con el objetivo social; d) Actividades de servicios agrícolas y ganaderos. 4

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO, Notario Público Titular de la Trigésimo Octava Notaría de Santiago, con oficio en Calle Miraflores Nº178, quinto piso, comuna de Santiago. Certifica: por escritura pública de fecha 14 de diciembre de 2021, Repertorio Nº99640-2021, doña Mónica Rosa Clara Brieba Opazo, chilena, casada, dueña de casa, cédula nacional de identidad número cuatro millones seiscientos tres mil trescientos sesenta y cuatro guion siete, domiciliada en Alcántara Nº290, departamento Nº 1302, comuna de Las Condes, don Carlos Vildósola Brieba, chileno, casado, ingeniero civil, cédula nacional de identidad número nueve millones noventa y siete mil ochocientos noventa y ocho guión cinco, domiciliado Adelaida Lafetra Nº 2389, piso Nº3, comuna de Providencia, doña María Paula Vildósola Brieba, chilena, casada, geógrafa, cédula nacional de identidad número siete millones trece mil ciento setenta y seis guión cinco, domiciliada Avenida Santa María Nº8710, Departamento Nº101, comuna de Vitacura, don Enrique Víctor Vildósola Brieba, chileno, casado, ingeniero agrónomo, cédula nacional de identidad número nueve millones noventa y siete mil novecientos nueve guión cuatro, domiciliado en Parcela 4, Cardonal Alto, Huelquén, comuna de Paine, doña María Alejandra Vildósola Brieba, chilena, casada ,Profesora, cédula nacional de identidad número diez millones ciento treinta mil quinientos ochenta y siete guión dos, domiciliada Los Laureles Nº1338, comuna de Vitacura y don Rodrigo Vildósola Brieba, chileno, casado Ingeniero Comercial, cédula nacional de identidad número diez millones quinientos cuarenta y nueve mil doscientos dos guión dos, domiciliado Camino La Capellania Nº1417, comuna de Lo Barnechea, constituyeron una sociedad por acciones, de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: 1. Razón Social: “INMOBILIARIA E INVERSIONES SANTA MONICA SPA.”, nombre de fantasía “SANTA MONICA SPA”. 2. Domicilio: El domicilio de la sociedad será la cuidad de Santiago, Región Metropolitana. 3.Objeto: El objeto de la sociedad será: a) La prestación de servicios y asesorías técnicas y agrícolas, capacitación y técnicas agrarías; compra, venta, arrendamientos, representación, exportación e importación de maquinarías, de partes, piezas y equipos agrícolas y agroindustriales, arriendo de todo tipo de vehículos y maquinarias, a nacionales o extranjeros, aplicables a cualquier tipo de industria; b) La inversión de todo tipo de bienes, corporales o incorporales, muebles o inmuebles, los derechos u obligaciones, presentes o futuras ser por cuenta propia o ajena, por compra, venta permuta consignación, acopio, importación, importación, exportación, leasing, producción adquisición, enajenación, comercialización, arrendamiento, subarrendamiento, administración, intermediación, consignación, comercialización insumos para los mismos, asesorías, y cualquiera otra norma jurídica que se pueda desarrollar con relación al objeto social y demás actividades complementarios; c) Producción y organización de eventos de cualquier naturaleza, culturales, sociales, congresos y convenciones; arriendo y subarriendo de espacios, salones e implementación de todo tipo de eventos; además, todo lo relacionado con el rubro artístico y espectáculos culturales y sus afines o conexas, con el objeto principal de la sociedad, y en general realizar cualquier actividad lícita se relacione o no en lo presente o futuro con el objetivo social; d) Actividades de servicios agrícolas y ganaderos. 4. Capital: El capital de la sociedad es la suma de $3.600.00, dividido en 3600 acciones nominativas, las que se suscribirán y pagarán en la forma indicada en el artículo Primero Transitorio de este estatuto. Todas las acciones serán de única serie, sin valor nominal. 5. La administración de la sociedad le corresponderá a doña María Paula Vildósola Brieba, María Alejandra Vildósola Brieba, Carlos Vildósola Brieba y Rodrigo Vildósola Brieba, actuando en conjunto cualquiera dos de ellos indistintamente. 6. Duración: cinco años renovables y prorrogables automáticamente por periodos iguales y sucesivos. Las demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 20 de Diciembre de 2021.