MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

CURIMAPU PRODUCCIÓN Y EXPORTACIÓN LIMITADA

RUT 76861930-1 CVE 2061807
Capital
$50.000.000 CLP
Fecha instrumento
2 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
2 de diciembre de 2021
Notario
ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
Oficio
36° Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$50.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público Titular, 36° Notaría de Santiago, La Concepción N° 65, piso 2, comuna de Providencia, certifico que: Por escritura pública de fecha 2 de diciembre de 2021, ante mí: La SOCIEDAD COMERCIAL CURIMAPU S.A. debidamente representada y la sociedad COMERCIAL CURIAGRO SpA, debidamente representada, ambas domiciliadas en Parcela 15 Lote 2 y 3 San Luis de Cerrillos, comuna de Bulnes, quienes vienen en modificar la sociedad “CURIMAPU PRODUCCIÓN Y EXPORTACIÓN LIMITADA”, inscrita a fojas 189 número 201 del Registro de comercio del Conservador de bienes Raices de Chillan del año 2007, en el siguiente sentido: I. Aumento de Capital: los actuales y únicos socios de la sociedad “CURIMAPU PRODUCCIÓN Y EXPORTACIÓN LIMITADA”, acordaron aumentar el capital social desde su suma actual ascendente a $50.000.000, a la suma de $2.050.000.000, esto es, en la suma de $2.000.000.000. II. Modificación de Estatutos Sociales: los actuales socios de la sociedad “CURIMAPU PRODUCCIÓN Y EXPORTACIÓN LIMITADA” acuerdan reemplazar el Artículo Cuarto de los Estatutos Sociales relativo al capital social, el cual queda del siguiente tenor: “ARTÍCULO CUARTO: Capital. El capital de la sociedad es la suma de dos mil cincuenta millones de pesos, distribuido entre sus socios en las siguientes cantidades y proporciones: i) “SOCIEDAD COMERCIAL CURIMAPU S.A.”, con la suma de dos mil veintinueve millones quinientos mil pesos, equivalentes al noventa y nueve por ciento del capital social; y, ii) la “SOCIEDAD COMERCIAL CURIAGRO SpA.”, con la suma de veinte millones quinientos mil pesos equivalentes al uno por ciento restante del capital social.”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2021.