CONSULTORES EN GESTIÓN DE NEGOCIOS VISIBLE LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 10 de noviembre de 2021
- Notario
- JUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA
- Oficio
- Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $2.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJUAN RICARDO SAN MARTIN URREJOLA, Notario Público Titular de la Cuadragésima Tercera Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, certifica: por escritura pública fecha 10 de noviembre de 2021, ante mí: JORGE LUIS LEONICIO GARCÍA, chileno, casado y separado totalmente de bienes, periodista, cédula nacional de identidad Nº 12.214.196-9, domiciliado en Camino Las Hualtatas número cuatro mil trescientos cuarenta y uno, Casa Seis, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana, DANELLA GIGLIOLA BOASSI LEONICIO, chilena, casada, ingeniera comercial, cédula nacional de identidad Nº 12.455.104-8, RAÚL ANTONIO GARDILCIC BOASSI, chileno, estudiante, soltero, cédula nacional de identidad Nº 20.755.344-1, y DOMINIQUE DANELLA GARDILCIC BOASSI, chilena, soltera, estudiante, cédula nacional de identidad Nº 21.419.693-K, todos esto últimos domiciliados en calle Los Ciervos número mil quinientos sesenta y ocho, comuna de lo Barnechea, ciudad de Santiago, modifican sociedad responsabilidad limitada correspondiente a “CONSULTORES EN GESTIÓN DE NEGOCIOS VISIBLE LIMITADA”, rol único tributario número Nº 76.193.207-1, constituida por escritura pública de fecha 17 de abril de 2012, ante Verónica Torrealba Costabal, Notario Público Suplente del Titular don Iván Torrealba Acevedo, cuyo extracto se inscribió a fojas 32.702, número 22.983, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, del año 2012, en los siguientes términos: UNO) Acuerdan las siguientes cesiones de derechos sociales: A) Jorge Luis Leonicio García, vende, cede y transfiere el 25% de su participación social a Dominique Danella Gardilcic Boassi, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión de derechos es la suma de $500.000.- , que Dominique Danella Gardilcic Boassi paga en dinero en efectivo y al contado a Jorge Luis Leonicio García, quien recibe a entera satisfacción. B) Jorge Luis Leonicio García, vende, cede y transfiere el 25% de su participación social a Raúl Antonio Gardilcic Boassi, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión de derechos es la suma de $500.000.-, que Raúl Antonio Gardilcic Boassi paga en dinero en efectivo y al contado a Jorge Luis Leonicio García, quien recibe a entera satisfacción. C) Danella Gigliola Boassi Leonicio, vende, cede y transfiere el 5% de su participación social a Raúl Antonio Gardilcic Boassi, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión de derechos es la suma de $500.000.-, que Raúl Antonio Gardilcic Boassi paga en dinero en efectivo y al contado a Danella Gigliola Boassi Leonicio, quien recibe a entera satisfacción. D) Danella Gigliola Boassi Leonicio, vende, cede y transfiere el 5% de su participación social a Dominique Danella Gardilcic Boassi, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de la cesión de derechos es la suma de $500.000.-, que Dominique Danella Gardilcic Boassi paga en dinero en efectivo y al contado a Danella Gigliola Boassi Leonicio, quien recibe a entera satisfacción. Quedan únicos socios Danella Gigliola Boassi Leonicio, con un 40% del haber social, Raúl Antonio Gardilcic Boassi, con un 30% del haber social y Dominique Danella Gardilcic Boassi, con un 30% del haber social. DOS). Los comparecientes acuerdan modificar la cláusula séptima de los estatutos sociales sobre administración social, en cuanto la administración y uso de razón social corresponderá en forma INDISTINTA a Danella Gigliola Boassi Leonicio, Raúl Antonio Gardilcic Boassi y Dominique Danella Gardilcic Boassi quienes anteponiendo su firma a la razón social, podrán representar a la sociedad con todas y cada una de las facultades conferidas en la cláusula séptima de los estatutos sociales, lo que se dan por reproducidos. TRES) Acuerdan modificar la cláusula Octava de los estatutos sociales, en el sentido que la duración de la sociedad será Indefinida. Capital: $2.000.000.- En lo no modificado rigen los estatutos sociales. Santiago, 3 de diciembre de 2021.