CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

Anusara SpA

RUT 7566533-4 CVE 2062059
Fecha instrumento
20 de diciembre de 2021

Instrumento

Fecha
20 de diciembre de 2021
Repertorio
7205-2021
Notario
LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS
Oficio
Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, Abogado, Notario Público Titular de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, con oficio en esta ciudad, calle Don Carlos número dos mil ochocientos ochenta y nueve, Las Condes, certifico que por escritura pública de fecha 20 de diciembre de 2021, repertorio n° 7205-2021, ante don MARCO ANTONIO SEPÚLVEDA LARROUCAU, Abogado, Notario Público, Reemplazante del Titular de la Vigésima Segunda Notaría de este territorio jurisdiccional, don LUIS ENRIQUE TAVOLARI OLIVEROS, en los términos del artículo ciento ochenta y seis de la Ley Orgánica Constitucional número dieciocho mil setecientos, según consta de Decreto seiscientos sesenta y nueve guion dos mil veintiuno, protocolizado bajo el número dos mil novecientos setenta, don MARIANO JOSE SQUELLA BRAVO, C.I. 7.566.533-4, Jorge Matte Gormaz N° 2380, Providencia, Santiago, constituyó una sociedad por acciones. Nombre: La razón social de la sociedad es “ANUSARA SpA”. El objeto de la sociedad será: (A) La creación, construcción, instalación, operación mantenimiento, administración y explotación de todo tipo de restaurantes, cafeterías, salones de té, y cualquier otro tipo de establecimientos de venta al público de alimentos preparados o en estado natural y de bebidas alcohólicas y analcohólicas, naturales o artificiales, preparadas o no en el lugar; (B) La producción, elaboración, procesamiento, comercialización, distribución y venta al público, al por mayor o al detalle, de todo tipo de alimentos, comidas y bebidas alcohólicas y analcohólicas, ya sean preparados o en su estado natural y de otros bienes de consumo; (C) En general cualquier otro negocio, acto, contrato o actividad relacionados con los anteriores, que los accionistas acordaren. La SOCIEDAD podrá desarrollar estas actividades directamente o por medio de otra u otras sociedades de las que forme parte o constituya al efecto, en las que podrá incluso tener la calidad de socia gestora, pudiendo siempre intervenir por cuenta propia o ajena. El capital de la sociedad es la suma de $10.00.000.- dividido en 100 acciones, nominativas, ordinarias, de una sola serie, sin valor nominal, íntegramente suscritas y pagadas en la forma establecida en los artículos transitorios de los estatutos sociales. Demás estipulaciones constan en la escritura extractada.- Santiago, 22 de diciembre de 2021.