3WM CHILE IMPORT. EXPORT. LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de junio de 2008
- Notario
- MARÍA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA
- Domicilio
- Iquique
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARÍA ANTONIETA NIÑO DE ZEPEDA PARRA, Abogada, Notario Público Titular de Iquique, Aníbal Pinto 555, certifica que por escritura pública hoy, ante mi: YUKA SAKAGUCHI, domiciliada en Manuel Jesús Silva N°2249, depto. 207, Iquique; KENJI SATO, por sí y en representación de doña MEGUMI MANO, ambos domiciliados en Av. Arturo Prat Nº 1670; Iquique; y, la sociedad 3WM CO. LTD, representada legalmente por don GONZALO EDUARDO RIVEROS ARAYA, ambos domiciliados en calle San Martín 255, oficina N°72, Iquique, modifican sociedad 3WM CHILE IMPORT. EXPORT. LIMITADA o 3WM LTDA., constituida por escritura pública de fecha 02 de junio 2008, ante Notario Público de Iquique, Néstor Araya Blazina, inscrita a fojas 627 vta. N° 606, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Iquique año 2008, en el siguiente sentido; se retiran de la sociedad los socios YUKA SAKAGUCHI y KENJI SATO, quienes venden, ceden y transfieren a 3WM CO. LTD, quien compra, adquiere y acepta para sí el 100% de sus intereses sociales equivalentes al 25% y 25%, respectivamente, del capital total de la sociedad, y doña MEGUMI MANO, vende, cede y transfiere a 3WM CO. LTD, quien compra, adquiere y acepta para sí el 98% de su interés social equivalente al 49% del capital total de la sociedad. En consecuencia, de las cesiones, ventas y transferencias que da cuenta el presente instrumento, la sociedad 3WM CHILE IMPORT EXPORT LIMITADA o 3WM LTDA., queda conformada desde este momento de la siguiente manera: MEGUMI MANO, queda con una participación social equivalente al 1% del capital total de la sociedad; y 3WM CO. LTD, queda con una participación en la sociedad equivalente al 99% del capital total de la sociedad. Los socios limitan sus responsabilidades al monto de sus respectivas participaciones sociales. Se modifica asimismo la cláusula de administración del pacto social primitivo, estableciendo que ésta le corresponderá a doña MEGUMI MANO. En todo lo no modificado por el presente instrumento continúan plenamente vigentes las estipulaciones del pacto social. Demás estipulaciones en escritura extractada.- Iquique 30 de noviembre 2021.