SANDECORP LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 17 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 5814-2021
- Notario
- IGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL
- Domicilio
- Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Administración
La administración, representación y el uso de la razón social le corresponderá exclusivamente a don Martín Francisco José Mingo Sande, más amplias facultades de administración y disposición de los bienes, en exactamente los mismos términos de los estatutos sociales
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIGNACIO ESTEBAN DIAZ RETAMAL, Abogado, Notario Público Suplente del Titular CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, con oficio en Avenida La Dehesa N°1450, Local 1, certifico: Que, por escritura pública de fecha 17 de diciembre del año 2021, Repertorio 5814-2021, ante mí María Bernardita Errandonea Uriarte, Martín Francisco José Mingo Sande y Renzo Paolo Somigli Tijero; acordaron modificación de estatutos sociales de CONSTRUCCIONES, INVERSIONES Y RENTAS SANDECORP LIMITADA, inscrito a fojas 42.809 Nº 30.392 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de año 2006. CESIÓN: María Bernardita Errandonea Uriarte cedió el total de sus derechos, corresponden al 15% totalidad derechos sociales a Renzo Paolo Somigli Tijero adquiere en $10.209.190. Martín Francisco José Mingo Sande, cedió 35% del total de los derechos sociales a Renzo Paolo Somigli Tijero adquiere en $23.821.444, pagados en efectivo acto escritura. Únicos socios Martín Francisco José Mingo Sande y Renzo Paolo Somigli Tijero, en partes iguales. ADMINISTRACION: La administración, representación y el uso de la razón social le corresponderá exclusivamente a don Martín Francisco José Mingo Sande, más amplias facultades de administración y disposición de los bienes, en exactamente los mismos términos de los estatutos sociales. RAZÓN SOCIAL: Será SANDECORP LIMITADA O SANDECORP LTDA., pudiéndose usarse para todos los fines. En lo no modificado permanecen plenamente vigentes los estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones constan en escritura pública extractada. Santiago, 17 de diciembre de 2021.