CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGRICOLA JAIDAR Y COMPAÑÍA LIMITADA

CVE 2060966
Capital
$90.000.000 CLP
Fecha instrumento
25 de noviembre de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
25 de noviembre de 2021
Notario
JORGE GILLET BEBIN
Domicilio
Parral

Sociedad

N. fantasía
“AGRICOLA SAN MANUEL LTDA.”, se regirá por Ley 3918 y modificaciones posteriores; por disposiciones y cláusulas contenidas en escritura y por normas pertinentes de Códigos Civil y de Comercio:
Capital
$90.000.000 CLP
Domicilio
PARRAL
Duración
La duración de la sociedad será de 30 años, contados desde la fecha de escritura que extracto, pero se prorrogará tácitamente por períodos iguales y consecutivos de 5 años cada uno, salvo que socios, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo inicial o prórroga de vigencia, manifiesten su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad, en el Registro de Comercio del Conservador de Parral
Ley aplicable
Ley 3918

Objeto social

a).- La explotación de predios agrícolas propios o ajenos destinados a la agricultura, fruticultura, agroindustria, ganadería, silvicultura, forestal, la compraventa y exportación de los productos, sea por cuenta propia o ajena, prestación de servicios de embalajes, y de packing, la elaboración de alimentos de toda clase de los productos resultantes de la explotación antes señalada; y, en general cualquiera actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.- b).- La crianza, engorda y comercialización de ganado mayor y menor, al por mayor o al detalle; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con el giro anterior, que los socios acuerden; c).- La actuación como comisionista o mandatario, para la compra, venta, arriendo y comercio de toda clase de predios y productos agropecuarios; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, administrar y percibir sus frutos o rentas, arrendamiento de predios agrícolas, maquinarias agrícolas, de transporte o agroindustriales, y su explotación; y, en general cualquier negocio que esté directa o indirectamente relacionado con la agricultura, la ganadería, la producción, transformación y)o comercialización de sus productos.- d).- La comercialización de semillas, abonos, insumos y productos agrícolas, y forestales, de alimentos para el ganado, productos pecuarios terminados, productos y subproductos carneos, la exportación e importación de dichos productos y de cualquier otro que se utilice en la actividad agropecuaria.- Serán también objeto social todas las operaciones o negocios que los socios acuerden o realicen de consuno

Administración

La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia ADELA DEL TRANSITO JAIDAR MELLA, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de disposición, administración y con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura que extracto

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JORGE GILLET BEBIN, Notario Público Parral, A. Pinto 715, Local 103, certifico: Por escritura pública otorgada ante mí, con fecha 25 de Noviembre de 2021, Rep. N° 3055/2021, señores ADELA DEL TRANSITO JAIDAR MELLA, domiciliada en calle Dieciocho N° 479 de esta Ciudad y Comuna de Parral, y ALEJANDRO MANUEL JAIDAR FUENTES, domiciliado en calle Arturo Prat N° 245 de esta Ciudad y Comuna de Parral; constituyeron Sociedad de Responsabilidad Limitada, cuya RAZÓN SOCIAL es “AGRICOLA JAIDAR Y COMPAÑÍA LIMITADA”, con NOMBRE DE FANTASIA: “AGRICOLA SAN MANUEL LTDA.”, se regirá por Ley 3918 y modificaciones posteriores; por disposiciones y cláusulas contenidas en escritura y por normas pertinentes de Códigos Civil y de Comercio: OBJETO: a).- La explotación de predios agrícolas propios o ajenos destinados a la agricultura, fruticultura, agroindustria, ganadería, silvicultura, forestal, la compraventa y exportación de los productos, sea por cuenta propia o ajena, prestación de servicios de embalajes, y de packing, la elaboración de alimentos de toda clase de los productos resultantes de la explotación antes señalada; y, en general cualquiera actividad relacionada directa o indirectamente con las anteriores.- b).- La crianza, engorda y comercialización de ganado mayor y menor, al por mayor o al detalle; y toda actividad relacionada directa o indirectamente con el giro anterior, que los socios acuerden; c).- La actuación como comisionista o mandatario, para la compra, venta, arriendo y comercio de toda clase de predios y productos agropecuarios; la realización de toda clase de inversiones en bienes muebles e inmuebles, administrar y percibir sus frutos o rentas, arrendamiento de predios agrícolas, maquinarias agrícolas, de transporte o agroindustriales, y su explotación; y, en general cualquier negocio que esté directa o indirectamente relacionado con la agricultura, la ganadería, la producción, transformación y/o comercialización de sus productos.- d).- La comercialización de semillas, abonos, insumos y productos agrícolas, y forestales, de alimentos para el ganado, productos pecuarios terminados, productos y subproductos carneos, la exportación e importación de dichos productos y de cualquier otro que se utilice en la actividad agropecuaria.- Serán también objeto social todas las operaciones o negocios que los socios acuerden o realicen de consuno.- DOMICILIO: PARRAL, sin perjuicio de las filiales, agencias o sucursales que se establezcan en otros puntos del país o del extranjero.- DURACIÓN: La duración de la sociedad será de 30 años, contados desde la fecha de escritura que extracto, pero se prorrogará tácitamente por períodos iguales y consecutivos de 5 años cada uno, salvo que socios, con no menos de 6 meses de anticipación al vencimiento del plazo inicial o prórroga de vigencia, manifiesten su voluntad de no prorrogarla, mediante una declaración hecha por escritura pública, anotada al margen de la inscripción de la sociedad, en el Registro de Comercio del Conservador de Parral.- CAPITAL: $90.000.000.-, que los socios enteraran y pagaran en la proporción de un 50% cada uno de ellos, mediante el aporte a la sociedad que cada uno de ellos hizo por acto de escritura que extracto, de la siguiente forma: 1) ADELA DEL TRANSITO JAIDAR MELLA, la suma de $45.000.000.-, al contado y en dinero en efectivo, suma que ingresó en acto de escritura en la caja social; que equivale a un 50% del capital social; y, 2) ALEJANDRO MANUEL JAIDAR FUENTES, la suma de $45.000.000.-, aportó en dominio el bien inmueble, inscrito a su nombre, a fojas 6725, Nº 2753, del Registro de Propiedad del Conservador de Bienes Raíces de Parral, correspondiente al año 2018.- La propiedad fue avaluado por los socios en la suma de $45.000.000.- ; que equivale a un 50% del capital social.- Con dichos aportes, queda totalmente enterado y pagado el capital social.- RESPONSABILIDAD: Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes enterados y pagados.- UTILIDADES Y PÉRDIDAS: Las utilidades a repartir se distribuirán entre los socios a prorrata de su participación en el capital social.- En igual proporción soportaran las eventuales pérdidas de la sociedad.- ADMINISTRACIÓN: La administración, representación y uso de la razón social corresponderá exclusivamente a la socia ADELA DEL TRANSITO JAIDAR MELLA, quien anteponiendo la razón social a su firma, la representará con las más amplias facultades de disposición, administración y con todas y cada una de las facultades señaladas en escritura que extracto.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- PARRAL, 21 DE DICIEMBRE 2021.