CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

TAO TAUCÚ SpA

RUT 9570861-7 CVE 2059779
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
10 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
10 de diciembre de 2021
Repertorio
57073/2021
Notario
ÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS
Oficio
42ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP

Objeto social

El objeto de la sociedad será: Uno) efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, efectos de comercio o de crédito, bonos, debentures u otros instrumentos mercantiles o de inversión, fondos mutuos, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; Dos) comprar, vender importar, exportar, comercializar y distribuir, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y el desarrollar toda clase de actividades complementarias a dicho comercio, incluida la promoción y distribución de los productos; Tres) ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad; Cuatro) participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas; y, Cinco) en general, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el

Administración

La administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá a Julio Ernesto Villalobos Contreras, quien podrá actuar con amplias facultades en la forma señalada en la escritura extractada

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ÁLVARO DAVID GONZÁLEZ SALINAS, Abogado, Notario Público, Titular de la 42ª Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas 1070, piso 2, Santiago, certifico que por escritura pública de 10 de diciembre de 2021, repertorio N°57.073/2021, ante mí: JULIO ERNESTO VILLALOBOS CONTRERAS, cédula nacional de identidad N°9.570.861-7, constituyó la sociedad por acciones “TAO TAUCÚ SpA”, siendo las siguientes materias objeto de extracto: Nombre: “TAO TAUCÚ SpA”, dicha denominación no obsta al uso del nombre de fantasía “TAO TAUCÚ” para fines publicitarios, de propaganda u operaciones bancarias. Objeto: El objeto de la sociedad será: Uno) efectuar toda clase de inversiones, sea en bienes muebles e inmuebles, corporales o incorporales, efectos de comercio o de crédito, bonos, debentures u otros instrumentos mercantiles o de inversión, fondos mutuos, la administración de dichas inversiones y la percepción de sus frutos; Dos) comprar, vender importar, exportar, comercializar y distribuir, por cuenta propia o ajena, toda clase de bienes muebles, corporales e incorporales y el desarrollar toda clase de actividades complementarias a dicho comercio, incluida la promoción y distribución de los productos; Tres) ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la Sociedad; Cuatro) participar en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, cualquiera sea su objeto, ya sean colectivas, anónimas, por acciones, de responsabilidad limitada, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en estas últimas; y, Cinco) en general, ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden los socios y que tengan relación con el objeto social. Administración y uso de la razón social. La administración, representación y uso de la razón social de la Sociedad, corresponderá a Julio Ernesto Villalobos Contreras, quien podrá actuar con amplias facultades en la forma señalada en la escritura extractada. Capital: El capital de la sociedad asciende a la suma de $1.000.000, dividido en 1.000 acciones nominativas, todas de una misma serie y valor, y sin valor nominal, las que se suscriben y pagan de acuerdo a lo dispuesto en el artículo primero transitorio de la escritura extractada. Demás estipulaciones se señalan en la escritura extractada. Santiago, 16 de diciembre de 2021.