PRONOVA TECHNOLOGIES S.A.
Instrumento
- Fecha
- 30 de noviembre de 2021
- Notario
- IVÁN TORREALBA ACEVEDO
- Oficio
- 33ª Notaría de Santiago con oficio en la calle Huérfanos número 979
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.389.840.734 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalIVÁN TORREALBA ACEVEDO, Abogado, Notario Público de la 33ª Notaría de Santiago con oficio en la calle Huérfanos número 979, oficina 501, comuna de Santiago, certifica: que por escritura pública de fecha 30 de noviembre de 2021, con Repertorio número 23.366-2021, ante mí, se redujo a escritura pública el acta de la Junta Extraordinaria de Accionistas de PRONOVA TECHNOLOGIES S.A., sociedad inscrita a fojas 17.334 número 10.874 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago correspondiente al año 2014 (la “Sociedad”), celebrada ante mí con fecha 2 de noviembre de 2021, en virtud de la cual, la unanimidad de los accionistas con derecho a voto acordó modificar los estatutos de la sociedad en los siguientes términos: (1) aumentar el capital de la sociedad en la cantidad de $1.748.000.000, esto es, desde su monto actual de $1.641.840.734, dividido en 2.877.000 acciones, de las cuales 1.835.000 acciones corresponden a acciones Serie A ordinarias, nominativas y sin valor nominal, y 1.042.000 acciones corresponden a acciones Serie B preferentes, nominativas y sin valor nominal, al monto de $3.389.840.734, dividido en 6.457.587 acciones, de las cuales 3.319.463 acciones corresponden a acciones Serie A ordinarias, nominativas y sin valor nominal, y 3.138.124 acciones corresponden a acciones Serie B preferentes, nominativas y sin valor nominal, mediante la emisión de 1.484.463 nuevas acciones Serie A ordinarias de pago, y de 2.096.124 nuevas acciones Serie B preferentes de pago; y, (2) sustituir íntegramente el artículo quinto permanente y primero transitorio de los estatutos sociales, por los siguientes: “ARTICULO QUINTO: El capital de la Sociedad asciende a la cantidad de $3.389.840.734, dividido en 6.457.587 acciones, de las cuales 3.319.463 acciones corresponden a acciones Serie A ordinarias, nominativas y sin valor nominal, y 3.138.124 acciones corresponden a acciones Serie B preferentes, todas las que se suscriben y pagan, y se suscribirán y pagarán, en la forma que se indica en el artículo Primero Transitorio. La preferencia de las acciones Serie B consiste en que: (i) durante el plazo de cinco años contados a partir del nueve de noviembre de dos mil veinte , las acciones de la Serie B no tendrán derecho a voto; (ii) no tendrán derecho a recibir dividendos sino solo a partir del año dos mil veintidós ; y (iii) durante el plazo de cinco años contados a partir del nueve de noviembre de dos mil veinte , las acciones de la Serie B, en caso de liquidación de la sociedad, tendrán derecho a recibir el producto de la liquidación sólo una vez que las acciones Serie A hubieran recibido íntegramente lo que les corresponda en la liquidación de acuerdo a su participación en el capital social. Las acciones de la Sociedad podrán pagarse en dinero efectivo o en otros bienes.”. “ARTÍCULO PRIMERO TRANSITORIO: El capital de la sociedad asciende a la cantidad de $3.389.840.734, dividido en 6.457.587 acciones, de las cuales 3.319.463 acciones corresponden a acciones Serie A ordinarias, nominativas y sin valor nominal, y 3.138.124 acciones corresponden a acciones Serie B preferentes, el que se encuentra suscrito y pagado, y se suscribirá y pagará, de la siguiente manera: (i) 1.835.000 acciones Serie A, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas con anterioridad a esta fecha; (ii) 1.042.000 Acciones Serie B, las que se encuentran íntegramente suscritas y pagadas por los accionistas con anterioridad a esta fecha; (iii) 1.484.463 acciones Serie A, las que se suscribirán y pagarán a contar del dos de noviembre de dos mil veintiuno y, a más tardar, dentro del plazo de tres meses contados desde dicha fecha; y, (iv) 2.096.124 acciones Serie B, las que se suscribirán y pagarán a contar del dos de noviembre de dos mil veintiuno y, a más tardar, dentro del plazo de tres meses contados desde dicha fecha. En todo lo no modificado por la presente escritura se mantendrán plenamente vigentes las disposiciones de los estatutos de la sociedad. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2021.