INMOBILIARIA AMANCAY SpA
Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2021
- Notario
- JORGE ELIAS TADRES HALES
- Domicilio
- Temuco
Sociedad
- Domicilio
- Temuco
- Duración
- Indefinida
Objeto social
La sociedad tendrá por
Administración
corresponderá exclusivamente a doña Carla Andrea Picasso Pieper, facultades en escritura extractada
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalJORGE ELIAS TADRES HALES, Notario Público Temuco, oficio en esta ciudad A. Varas Nº 976, certifica: por escritura fecha 13 de Diciembre de 2021, ante mi, CARLA ANDREA PICASSO PIEPER, chilena, casada y separada totalmente de bienes, labores de hogar, cédula nacional de identidad número cinco millones novecientos treinta y un mil ochocientos ochenta y cuatro guion cinco; por sí y en representación de INVERSIONES ÑIELOL LIMITADA, rol único tributario número setenta y nueve millones quinientos ochenta y siete mil novecientos cuarenta guion cuatro, ambas domiciliadas para estos efectos en calle dieciocho de septiembre número quinientos veinticinco, oficina doscientos dos, comuna de Temuco, expuso: Que conforme la modificación de trece de noviembre de dos mil, otorgada ante el notario de Temuco don Humberto Toro Martínez-Conde, extracto inscrito a fojas setecientos setenta y seis vuelta, número seiscientos sesenta y siete, del Registro de Comercio del Conservador de Temuco del año dos mil y publicado en el Diario Oficial de fecha veinticuatro de noviembre del mismo año, e inscrito a fojas dos vuelta, número dos, del Registro de Comercio del Conservador de Villarrica del año dos mil uno, son actualmente los únicos socios de la sociedad INMOBILIARIA AMANCAY LIMITADA, rol único tributario número setenta y siete millones doscientos cuarenta y seis mil guion siete, constituida mediante escritura pública de fecha cuatro de enero de mil novecientos noventa y nueve, ante el Notario Público de Temuco Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto fue inscrito a fojas veintidós, número diecinueve, del Registro de Comercio del año mil novecientos noventa y nueve del Conservador de Temuco y publicado en el Diario Oficial de fecha dieciséis de enero del mismo año, la que ha sido objeto de las siguientes modificaciones: uno) Mediante escritura pública de fecha doce de noviembre de mil novecientos noventa y nueve, otorgada ante el Notario Público de Temuco Humberto Toro Martínez-Conde, cuyo extracto fue inscrito a fojas novecientos tres vuelta, número setecientos cincuenta, del Registro de Comercio del año mil novecientos noventa y nueve del Conservador de Temuco y publicado en el Diario Oficial de fecha treinta de noviembre del mismo año; dos) Mediante escritura pública de fecha veintinueve de diciembre de mil novecientos noventa y nueve, otorgada ante el Notario Público de Temuco Humberto Toro Martínez- Conde, cuyo extracto fue inscrito a fojas nueve, número once, del Registro de Comercio del año dos mil del Conservador de Temuco y publicado en el Diario Oficial de fecha catorce de enero del mismo año; tres) Mediante escritura pública de fecha veintiocho de noviembre del dos mil, otorgada ante el Notario Público de Temuco Humberto Toro Martínez-Conde, cuyo extracto fue inscrito a fojas cuatro, número tres, del Registro de Comercio del año dos mil uno del Conservador de Villarrica y publicado en el Diario Oficial de fecha trece de diciembre del año dos mil; y cuatro) Mediante escritura pública de fecha doce de mayo del dos mil dieciséis, otorgada ante el Notario Público de Temuco Juan Antonio Loyola Opazo, cuyo extracto fue inscrito a fojas ochocientos treinta y ocho, número quinientos veintidós, del Registro de Comercio del año dos mil dieciséis del Conservador de Temuco y publicado en el Diario Oficial de fecha diecinueve de mayo del mismo año. PRESENTE TRANSFORMACION. Los comparecientes Carla Andrea Picasso Pieper y la sociedad Inversiones Ñielol Limitada, en su calidad de únicos socios de la sociedad Inmobiliaria Amancay Limitada, acuerdan transformarla en una sociedad por acciones. NOMBRE SOCIAL: INMOBILIARIA AMANCAY SpA. DOMICILIO: Temuco, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o en el extranjero. OBJETO: La sociedad tendrá por objeto: a) La adquisición, construcción, habilitación, arrendamiento, explotación, administración y enajenación a cualquier título o bajo cualquier forma de bienes raíces de todo tipo y/o destinación, por cuenta propia o ajena; b) La realización de inversiones de cualquier naturaleza dentro y/o que provengan del giro inmobiliario y mobiliario, percibiendo sus frutos y rentas, por cuenta propia o de terceros; administrar ese tipo de inversiones para sí y prestando los servicios del caso a los terceros de que sea mandataria la sociedad y, de igual modo, actuar en el mercado de capitales, adquirir y vender acciones, invertir en sociedades de personas, ya sea incorporándose a las mismas o asociándose con ellas y enajenar o ceder sus derechos en ellas, adquirir y transferir bonos y todo otro tipo de valores mobiliarios y créditos; c) Ejercer mandatos y comisiones mercantiles y administrar bienes y capitales; y d) En general, la realización de todo otro negocio o actividad relativo directa o indirectamente con los objetivos y fines sociales expresados que los accionistas acuerden desarrollar. CAPITAL: tres mil cuatrocientos millones de pesos, dividido en tres mil cuatrocientos millones de acciones nominativas, de una misma serie, sin valor nominal, que se suscriben y pagan de la siguiente manera: a) Carla Andrea Picasso Pieper suscribe dos mil millones de acciones, equivalentes a la suma de dos mil millones de pesos, que paga de la siguiente forma: i) La suma de cuatro millones de pesos, que representan cuatro millones de acciones suscritas, y que se encuentran pagadas y enteradas en la caja social, y ii) La suma de mil novecientos noventa y seis millones de pesos, representativas de mil novecientos noventa y seis millones de acciones suscritas y no pagadas, que se obliga a pagar en un plazo de cinco años, contados desde la fecha escritura extractada; y b) Inversiones Ñielol Limitada suscribe mil cuatrocientos millones de acciones, equivalentes a la suma de mil cuatrocientos millones de pesos, que ya se encuentra pagada y enterada en las arcas sociales. ADMINISTRACION: corresponderá exclusivamente a doña Carla Andrea Picasso Pieper, facultades en escritura extractada. DURACION: La sociedad tendrá una duración indefinida. Demás estipulaciones en escritura extractada. Temuco, 15 de diciembre de 2021.-