MODIFICACIÓN Sociedad por Acciones

AGRICOLA AV SpA

RUT 76416844-5 CVE 2059457
Capital
$801.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de diciembre de 2021
Notaría
Puerto Varas
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de diciembre de 2021
Repertorio
2499/2021
Notario
SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ
Oficio
Tercera Notaría de Puerto Varas
Comuna
Puerto Varas

Sociedad

Capital
$801.000.000 CLP
Domicilio
Puerto Varas
Duración
10 años contados desde la fecha de constitución, plazo prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término, forma indicada en escritura extractada

Objeto social

a) La explotación de predios agrícolas, ya sea como propietario o arrendatario de ellos, el arriendo, la explotación, transporte, producción, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena de toda clase de productos agrícolas, incluida la producción lechera, y)o maquinarias relacionados con la agricultura, y la importación y)o exportación de los mismos; la representación de terceros en todo negocio o actividad en relación con la agricultura y)o sus productos; adquirir, arrendar y explotar por cuenta propia o ajena inmuebles agrícolas y forestales, y en general realizar todo tipo de negocios agrícolas por cuenta propia o ajena. b) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de bienes raíces, acciones de sociedades anónimas o por acciones con fines rentísticos, derechos en sociedades, debentures, bonos, cuotas de fondos de inversión, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y c) la realización de todos aquellos actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los

Administración

Administración, representación y uso razón social corresponderá a Ingrid María Victoria Vandeputte Desrumaux, actuando individualmente, amplias facultades. En caso de fallecimiento o impedimento temporal o permanente de salud de Ingrid María Victoria Vandeputte Desrumaux, acreditado mediante certificado de defunción en el primer caso, y licencia médica o certificado médico, en el segundo caso, administración y uso de la razón social corresponderá a Sergio Ignacio Álvarez Tuza, actuando individualmente, con amplias facultades. En caso de faltar este último, lo que se acreditará de la misma manera señalada anteriormente, la administración supletoria recaerá en Michelle Aline Álvarez Vandeputte, con amplias facultades

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

SANDRA ELIANA CÁRCAMO VELÁSQUEZ, Notario Público Titular de la Tercera Notaría de Puerto Varas, San Bernardo 224, comuna de Puerto Varas, certifica: Por escritura pública de fecha 09/12/2021, repertorio N°2499/2021, ante mí, doña Ingrid María Victoria Vandeputte Desrumaux, doña Michele Aline Alvarez Vandeputte, don Sergio Ignacio Álvarez Tuza, don Pablo Javier Andrés Alvarez Vandeputte, y don Martín Ignacio Álvarez Vandeputte, modificaron y transformaron la sociedad “AGRICOLA AV SpA”, RUT Nº 76.416.844-5, inscrita a fojas 95.307 Nº 58.236 del año 2014 Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, en los siguientes términos: A) Aumento de capital: Se aumenta capital social de $801.000.000, dividido en 600.000 acciones Serie A y 201.000 acciones Serie B, todas nominativas y sin valor nominal, a $2.040.860.791, dividido en 1.700.000 acciones Serie A y 201.000 acciones Serie B, todas nominativas y sin valor nominal, mediante el reconocimiento y capitalización de parte de la cuenta contable “Revalorización Capital Propio” por la suma de $139.860.791, y mediante la emisión de 1.100.000 acciones Serie A, todas nominativas y sin valor nominal, por un valor de colocación de cada acción de $1.000, lo que da un total de $1.100.000.000, el cual se suscribe y paga por doña Ingrid María Victoria Vandeputte Desrumaux a través del aporte y capitalización de parte de un crédito de que es acreedora en contra de la sociedad. B) En consecuencia el capital social asciende a $2.040.860.791, dividido en 1.700.000 acciones Serie A y 201.000 acciones Serie B, todas nominativas, del mismo valor y sin valor nominal, ambas series preferidas y cuyas características, derechos, privilegios y limitaciones constan en escritura extractada. Se modifican los artículos Quinto permanente y Primero Transitorio del estatuto social. C) Transformación social: Ingrid María Victoria Vandeputte Desrumaux, Michele Aline Alvarez Vandeputte, Sergio Ignacio Álvarez Tuza, Pablo Javier Andrés Alvarez Vandeputte, y Martín Ignacio Álvarez Vandeputte, todos domiciliados en Fundo Playa Venado, ubicado en sector Playa Venado, camino de Puerto Varas a Ensenada, comuna de Puerto Varas, transformaron la sociedad en una sociedad de responsabilidad limitada; Razón social: AGRÍCOLA AV LIMITADA, nombre de fantasía “Agrícola AV Ltda.” Objeto: a) La explotación de predios agrícolas, ya sea como propietario o arrendatario de ellos, el arriendo, la explotación, transporte, producción, distribución y comercialización por cuenta propia o ajena de toda clase de productos agrícolas, incluida la producción lechera, y/o maquinarias relacionados con la agricultura, y la importación y/o exportación de los mismos; la representación de terceros en todo negocio o actividad en relación con la agricultura y/o sus productos; adquirir, arrendar y explotar por cuenta propia o ajena inmuebles agrícolas y forestales, y en general realizar todo tipo de negocios agrícolas por cuenta propia o ajena. b) La realización de inversiones en toda clase de bienes muebles o inmuebles, sean estos corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de bienes raíces, acciones de sociedades anónimas o por acciones con fines rentísticos, derechos en sociedades, debentures, bonos, cuotas de fondos de inversión, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión y la administración de estas inversiones y sus frutos; y c) la realización de todos aquellos actos que sean conducentes al cumplimiento del objeto social o que acuerden los socios. Domicilio: Puerto Varas. Administración: Administración, representación y uso razón social corresponderá a Ingrid María Victoria Vandeputte Desrumaux, actuando individualmente, amplias facultades. En caso de fallecimiento o impedimento temporal o permanente de salud de Ingrid María Victoria Vandeputte Desrumaux, acreditado mediante certificado de defunción en el primer caso, y licencia médica o certificado médico, en el segundo caso, administración y uso de la razón social corresponderá a Sergio Ignacio Álvarez Tuza, actuando individualmente, con amplias facultades. En caso de faltar este último, lo que se acreditará de la misma manera señalada anteriormente, la administración supletoria recaerá en Michelle Aline Álvarez Vandeputte, con amplias facultades. Capital: $2.040.860.791 aportados y pagados así: a) Ingrid María Victoria Vandeputte Desrumaux, $1.804.703.817, equivalentes al 88,42% del capital social, que aporta en el acto con la imputación de las acciones que poseía en la sociedad transformada; b) Sergio Ignacio Álvarez Tuza, $58.725.318, equivalentes al 2,88% del capital social, que aporta en el acto con la imputación de las acciones que poseía en la sociedad transformada; c) Pablo Javier Andrés Alvarez Vandeputte, $59.144.722, equivalentes al 2,9% del capital social, que aporta en el acto con la imputación de las acciones que poseía en la sociedad transformada; d) Martín Ignacio Álvarez Vandeputte, $59.143.467, equivalentes al 2,9% del capital social, que aporta en el acto con la imputación de las acciones que poseía en la sociedad transformada; e) Michele Aline Alvarez Vandeputte, $59.143.467, equivalentes al 2,9% del capital social, que aporta en el acto con la imputación de las acciones que poseía en la sociedad transformada. Socios limitan su responsabilidad al monto de sus aportes. Duración: 10 años contados desde la fecha de constitución, plazo prorrogable tácita y sucesivamente por períodos iguales, salvo que alguno de los socios manifestare voluntad de ponerle término, forma indicada en escritura extractada. Demás estipulaciones en escritura extractada. Puerto Varas, 17 de diciembre de 2021.