INVERSIONES Y PRESTACIONES MEDICAS ALBORADA LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 20 de octubre de 2021
- Notario
- VERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA
- Domicilio
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $400.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVERONICA ISABEL GONZALEZ DAVILA, abogado, Notario Público de Santiago, suplente de MARIA SOLEDAD LASCAR MERINO titular de la Trigésimo Octava Notaria, con domicilio en calle Miraflores número ciento setenta y ocho, quinto piso, ciudad de Santiago; Certifico hoy ante mí: Por escritura pública de FECHA 20 de Octubre de 2021, doña INÉS EXILDA ROCCO GALLARDO, cédula identidad 5.863.327-5,domiciliada en calle Trinidad Norte N°394, San Andrés, comuna La Florida, Región Metropolitana, don ROBERTO ARMANDO FAÚNDEZ ALVARADO, cédula de identidad 6.322.308- 5, domiciliado en Cerro Capis 1243, Comuna de Chillán, Región de Ñuble, doña MARÍA CRISTINA FAÚNDEZ ALVARADO, cédula de identidad 7.062.691-8, domiciliada en calle Monjitas 451 departamento 501, comuna de Santiago, Región Metropolitana, y don CLAUDIO ALEJANDRO SALAS FAÚNDEZ, cédula de identidad 12.265.199-1, domiciliado en calle La Luma N°1160 departamento 802, comuna de Vitacura, Región Metropolitana, modificaron sociedad “INVERSIONES Y PRESTACIONES MEDICAS ALBORADA LIMITADA”, nombre fantasía “INVERSIONES ALBORADA LTDA”, inscrita en el Registro de Comercio de Santiago del año 2010 a fojas 11233 número 7588. (UNO) Cesión de Derechos: doña INÉS EXILDA ROCCO GALLARDO y don ROBERTO ARMANDO FAÚNDEZ ALVARADO, venden, ceden y transfieren la totalidad de los derechos sociales adquiridos por herencia de don Roberto Aquiles Faúndez Yantén a doña MARÍA CRISTINA FAÚNDEZ ALVARADO quien los compra, acepta, y adquiere para sí, en el precio de $100.000 pesos, pagado al contado. Se incluyen todos los derechos que correspondan a doña INÉS EXILDA ROCCO GALLARDO, como heredera, cónyuge sobreviviente o por cualquier causa. (DOS) Modifican estatutos sociales: El capital de la sociedad de $400.000. aportados y enterados contado dinero efectivo siguiente manera: CLAUDIO ALEJANDRO SALAS FAUNDEZ $380.000 y doña María Cristina Faúndez Alvarado $20.000. En todo lo no modificado se mantienen vigentes las demás estipulaciones del pacto social. Santiago 14 de Diciembre de 2021. Autorizo en conformidad al artículo 402 del Código Orgánico de Tribunales.