CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

ARQUITECTURA Y SERVICIOS INMOBILIARIOS II SpA

CVE 2058797
Capital
$25.000.000 CLP
Fecha instrumento
16 de diciembre de 2021
Notaría
La Serena
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
16 de diciembre de 2021
Notario
RUBEN REINOSO HERRERA
Oficio
4ta Notaria La Serena
Comuna
La Serena

Sociedad

Capital
$25.000.000 CLP
Domicilio
El domicilio de la sociedad es la ciudad de La Serena
Duración
3 años a contar de la fecha de la escritura de constitución de sociedad, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y consecutivos de 2 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en la sociedad mediante declaración que deberá constar en escritura pública de la que deberá tomarse razón al margen de la inscripción social con una anticipación de, a lo menos, 6 meses del vencimiento del plazo de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas. De la limitación de responsabilidad

Objeto social

El objeto de la sociedad es la planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos; diseños arquitectónicos, construcciones, decoraciones y alhajamientos de interiores; diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes; la construcción de obras, inspector técnico en obras y todos los actos pendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio, el arriendo de bienes raíces amoblados y no amoblados; y toda otra operación relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores; y cualquier otro negocio que acuerden los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

RUBEN REINOSO HERRERA, Abogado, Notario Público Titular, 4ta Notaria La Serena, Cordovez 405, certifico: Que por escritura pública de hoy, ante mí, don SEBASTIÁN RODRIGO ARAYA VARELA y doña LUIS ROBERTO LOPEZ, ambos con domicilio para estos efectos en Avenida Pacífico N° 2800, ciudad de La Serena, constituyeron sociedad de por acciones, de cuyos estatutos extracto: Razón social: "ARQUITECTURA Y SERVICIOS INMOBILIARIOS II SpA." la que podrá actuar y funcionar, inclusive con los bancos e instituciones financieras y ante organismos y entidades públicas y privadas, con el nombre de fantasía “ARQUITECTURA SpA.”. Administración y uso razón social: Corresponderá al socio, don SEBASTIÁN RODRIGO ARAYA VARELA quien la representará tanto dentro como fuera del giro ordinario. La enumeración expresa por no taxativa de sus facultades consta en escritura extractada. Capital: $25.000.000.- aportados, enterados y pagados de la siguiente manera: 1) SEBASTIÁN RODRIGO ARAYA VARELA aporta $20.000.000.- en dinero efectivo ya ingresado al haber social. 2) LUIS ROBERTO LOPEZ, aporta $5.000.000.- en dinero efectivo ya ingresado al haber social. Domicilio: El domicilio de la sociedad es la ciudad de La Serena, sin perjuicio de que pueda establecer agencias, sucursales o establecimientos en otros puntos del país o en el extranjero. Objeto: El objeto de la sociedad es la planificación, el estudio de factibilidad y la ejecución de desarrollos urbanísticos; diseños arquitectónicos, construcciones, decoraciones y alhajamientos de interiores; diseños paisajistas y ejecución de jardines y áreas verdes; la construcción de obras, inspector técnico en obras y todos los actos pendientes a este cometido; la asesoría en materias relacionadas con desarrollos inmobiliarios, urbanos, proyectos de construcción y diseño industrial. Ejecutar todo tipo de actos y contratos tendientes a estos fines, incluso la adquisición y enajenación de bienes muebles e inmuebles, explotación de los mismos, incluso bajo permuta u otros títulos traslaticios de dominio, el arriendo de bienes raíces amoblados y no amoblados; y toda otra operación relacionada directa o indirectamente, en la actualidad o en el futuro, con los anteriores; y cualquier otro negocio que acuerden los socios. Duración: 3 años a contar de la fecha de la escritura de constitución de sociedad, plazo que se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y consecutivos de 2 años cada uno, salvo que cualquiera de los socios manifieste su voluntad de no perseverar en la sociedad mediante declaración que deberá constar en escritura pública de la que deberá tomarse razón al margen de la inscripción social con una anticipación de, a lo menos, 6 meses del vencimiento del plazo de vigencia o de cualquiera de sus prórrogas. De la limitación de responsabilidad. Los socios limitan su responsabilidad hasta el monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. La Serena, 16 Diciembre 2021. acv.