Agrícola Vidaustral Limitada
Instrumento
- Fecha
- 3 de septiembre de 2021
- Repertorio
- 3158/2021
- Notario
- ANDRÉS CUADRA GONZÁLEZ DEL RIEGO
- Domicilio
- Linares
Sociedad
- Ley aplicable
- Ley Nº 19.499
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS CUADRA GONZÁLEZ DEL RIEGO, Notario Público Titular Linares, con oficio en calle Chacabuco 551-A, comuna Linares, certifica: Por escritura pública de fecha siete de diciembre de 2021, otorgada ante mí, don ANDER POLENTZI DEL RÍO NAIZ MAHIAS, domiciliado ciudad y comuna Santiago, en representación de doña HELENA MAHÍAS DEL RÍO, domiciliada Camino Los Pellines sin número, comuna Coihueco, provincia Ñuble, y de doña CAROLINA MARÍA BUSTAMANTE SEPÚLVEDA, domiciliada Fundo Millahue, sin número, comuna San Javier, Región del Maule, únicas socias de la sociedad AGRÍCOLA VIDAUSTRAL LIMITADA, antes Agrícola Helena Mahías del Río Limitada, domiciliada comuna Linares, Rol Único Tributario número setenta y seis millones doscientos mil ciento ochenta y tres guion siete, inscrita a fojas cuatrocientos cuarenta y nueve vuelta número cuatrocientos noventa y siete, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares del año dos mil doce; de conformidad a lo establecido en la Ley Nº 19.499 saneó el vicio formal del extracto de la escritura pública de modificación otorgada ante mí con fecha 3 de septiembre de 2021, Repertorio N°3158/2021, que fuera publicado en el Diario Oficial con fecha 25 de septiembre de 2021 e inscrito a fojas 195 número 149 en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Linares correspondiente al año 2021, relativo a que tanto en la publicación como la inscripción que se sanean, se indicó como representantes judiciales, especialmente en lo referente al emplazamiento judicial de la sociedad a don ANDER POLENTZI DEL RÍO MAHIAS, a doña BAHÍA JULIA PETTERSEN, a don EMILIO MAHIAS ALLENDES, y a doña HELENA MAHIAS DEL RÍO, en circunstancias que doña Bahía Julia Pettersen no había sido designada en la calidad mencionada en el instrumento modificatorio, sino que lo fue doña CLAUDIA GARCÍA MAHIAS. Por lo anterior, las personas que designaron para la representación judicial, especialmente en lo referente al emplazamiento de la sociedad son, de manera conjunta, don ANDER POLENTZI DEL RÍO MAHIAS, doña CLAUDIA GARCÍA MAHÍAS, don EMILIO MAHIAS ALLENDES y doña HELENA MAHIAS DEL RÍO, debiendo eliminarse la referencia a doña BAHÍA JULIA PETTERSEN pues no corresponde a lo pactado por las socias en la escritura pública de modificación. En todo aquello que no haya sido expresamente o tácitamente modificado por este instrumento, regirá en su integridad el extracto antes publicado. El capital de la sociedad es la suma de setenta y cuatro millones de pesos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada, Repertorio Nº4449/2021. Linares, 15 de diciembre de 2021.