CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INMOBILIARIA LAGO RAPEL III SpA

RUT 10396255-2 CVE 2056946
Fecha instrumento
6 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Indefinida

Instrumento

Fecha
6 de diciembre de 2021
Notario
Luis Ignacio Manquehual Mery
Oficio
8va Notaría Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Domicilio
El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana
Duración
Indefinida

Objeto social

El objeto de la sociedad será : a) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces y el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos o celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase; b) En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los propósitos anteriores, o las actividades que los accionistas acuerden

Administración

La administración de la Sociedad será ejercida indistintamente y en forma separada por cualquiera de los señores don PABLO ANDRES STONE ESCANILLA, o doña IVY BROOKS CORTES quienes, anteponiendo su firma personal a la razón social, la representarán con las más amplias facultades y sin limitaciones, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Público Titular, 8va Notaría Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifica: Que por escritura pública de fecha 6 de diciembre de 2021, ante mí, don Pablo Andrés Stone Escanilla, cédula de identidad número 10.396.255-2, domiciliado en Avenida Pie Andino número 4650, comuna de Lo Barnechea, Región Metropolitana; y doña Ivy Brooks Cortés, cédula de identidad número 6.965.864-4 domiciliada en Carmencita número 110, departamento 101, comuna de Las Condes, Región Metropolitana, constituyeron sociedad por acciones. Nombre: INMOBILIARIA LAGO RAPEL III SpA. Objeto: El objeto de la sociedad será : a) la inversión en toda clase de bienes muebles, corporales o incorporales, acciones, bonos, debentures y demás valores mobiliarios, planes de ahorro, cuotas o derechos en todo tipo de sociedades, ya sean comerciales o civiles, comunidades, asociaciones o fondos; y en toda clase de bienes raíces y el desarrollo de toda clase de actividades inmobiliarias, pudiendo al efecto, actuando por cuenta propia o ajena, comprar, vender, adquirir, enajenar y dar o tomar en arriendo, con o sin opción de compra, inmuebles habitacionales, industriales, destinados a oficinas u otros, sea que estos se encuentren o no amoblados o con instalaciones. Para la consecución de sus fines, la sociedad podrá ejecutar todos los actos o celebrar todos los contratos que sean necesarios o convenientes, pudiendo incluso constituir o formar parte de otras sociedades, comunidades, patrimonios y personas jurídicas de cualquier clase; b) En general, la celebración de cualquier acto o contrato y el desarrollo de cualquier actividad relacionada directa o indirectamente con los propósitos anteriores, o las actividades que los accionistas acuerden. Domicilio: El domicilio de la Sociedad es la ciudad de Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de que pueda instalar agencias, sucursales o establecimientos en el resto del país o en el extranjero. Duración: Indefinida. Capital: un millón de pesos, dividido en mil acciones nominativas, de igual valor y de una sola serie, íntegramente suscrito y pagado en acto de constitución. Administración: La administración de la Sociedad será ejercida indistintamente y en forma separada por cualquiera de los señores don PABLO ANDRES STONE ESCANILLA, o doña IVY BROOKS CORTES quienes, anteponiendo su firma personal a la razón social, la representarán con las más amplias facultades y sin limitaciones, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Demás estipulaciones en la escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2021.