MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

EBANO PRODUCCIONES LIMITADA

RUT 77320400-4 CVE 2057136
Fecha instrumento
20 de octubre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
20 de octubre de 2021
Notario
MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ
Oficio
7ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

MARIA SOLEDAD SANTOS MUÑOZ, abogado, Notario Público Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública de 20/10/2021 ante mí: ROMUALDO ALBERTO FERNANDEZ BARNATO; ERCITA ALICIA ROMERO HERMOSILLA; BARBARA CAROLINA FERNANDEZ ROMERO; y SEBASTIAN ALBERTO FERNANDEZ ROMERO, todos Pio Nono 188, Recoleta, Santiago; y RITA DEL CARMEN FUENTES REGLA, por sí y en representación de “SOCIEDAD COMERCIAL FENIX Y COMPAÑIA LIMITADA” todos Avda. Manuel Antonio Matta 318, Comuna y ciudad Santiago. Modifican sociedad comercial de responsabilidad limitada, Razón Social: “EBANO PRODUCCIONES LIMITADA”, RUT 77.320.400-4, Inscrita a Fs. 8952 Nº 7187 Reg. Comercio año 1999, Modificada el 9 Septiembre 2003, Inscrita a Fs. 2914 Nº 21082 Reg. Comercio año 2003, modificada el 28 de Abril 2004,inscrita Fs.17799 Nº 13408, año 2004; En siguiente sentido: ROMUALDO ALBERTO FERNANDEZ BARNATO; ERCITA ALICIA ROMERO HERMOSILLA; BARBARA CAROLINA FERNANDEZ ROMERO; y SEBASTIAN ALBERTO FERNANDEZ ROMERO, venden, ceden y transfieren la totalidad de la sociedad o derechos sociales a la Sociedad Comercial Fénix y Compañía Limitada y a Rita del Carmen Fuentes Regla, quienes los compran, aceptan y adquieren para si en parte iguales en condiciones indicadas en escritura extractada, quedando la sociedad compuesta por los socios: Sociedad Comercial Fénix y Compañía Limitada y Rita del Carmen Fuentes Regla, con un 50% cada uno.- Socios continuantes, modifican Cláusula Cuarta del pacto social primitivo de la administración y uso de razón social, quedando esta conculcada en única y exclusivamente en la socia RITA DEL CARMEN FUENTES REGLA, quien anteponiendo su firma a la razón social, la podrá representar con las más amplias facultades de administración y disposición determinadas en el pacto social primitivo, las que se dan por íntegramente reproducidas una a una, sin que la enumeración sea taxativa o limitada.- En todo, lo no ratificado, complementado y modificado continúan vigentes las estipulaciones del pacto social primitivo. Demás estipulaciones escrituras extractadas.- Santiago, 02 de diciembre de 2021.-