DISOLUCIÓN Sociedad por Acciones

DEVETEL E-BUSINESS SpA

RUT 76695074-4 CVE 2057207
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
18 de noviembre de 2021
Notaría
Stgo

Instrumento

Fecha
18 de noviembre de 2021
Notario
ALEJANDRO AMÉRICO ALVAREZ BARRERA
Oficio
41º Notaria Stgo. con oficio Huérfanos 1160
Comuna
Stgo

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

ALEJANDRO AMÉRICO ALVAREZ BARRERA, Notario Público 41º Notaria Stgo. con oficio Huérfanos 1160, subsuelo, Stgo. suplente del titular don Félix Jara Cadot, certifica que por escritura de hoy, ante mí compareció: doña PATRICIA DEL CARMEN JUSTINIANO SALAZAR en representación de la sociedad “DEVETEL NEGOCIOS SpA”, ambos con domicilio en calle Encomenderos 260, oficina 82, Comuna de Las Condes, Santiago, y don AGUSTÍN MARTÍNEZ OSIAC en representación de la sociedad “VISERVICE DIGITAL CONSULTING SpA”, ambos con domicilio en en calle Lugano 3.764, comuna de Lo Barnechea, Santiago. Unicos y actuales accionistas de la sociedad “DEVETEL E-BUSINESS SpA”, RUT N° 76.695.074-4, con capital $5.000.000, dividido en 100 acciones ordinarias, nominativas, de única serie y sin valor nominal , inscrita a fojas 16.514 N° 9.213, del Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago, correspondiente al año 2017, acuerdan lo siguiente: UNO) Los representantes de ambas sociedades accionistas manifiestan su voluntad libre y espontánea en orden a disolver la sociedad indicada, de conformidad con las disposiciones contenidas en la Ley sobre Sociedades por Acción y sus normas complementarias, artículos 424 y siguientes del Código de Comercio, la que por consiguiente deberá entenderse disuelta a contar de la fecha de la anotación practicada al margen de la inscripción del extracto de constitución social en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago; DOS) En virtud de la disolución de la sociedad determinada de común acuerdo por las sociedades accionistas, debidamente representadas, los comparecientes vienen en dividir los objetos que componen su haber y así liquidar los bienes que formaron parte de la Sociedad habida entre ellos. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago a 18 de Noviembre 2021, ALEJANDRO ALVAREZ BARRERA, N.S.