INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de noviembre de 2021
- Notario
- MARCELA ANDREA MEDINA RICCI
- Domicilio
- San Miguel
- Comuna
- San
Sociedad
- Capital
- $2.512.263.536 CLP
- Domicilio
- La Serena, Región de Coquimbo
- Duración
- 40 años contados desde la fecha de la escritura de división, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 1 año cada uno, si ninguno de los socios manifiesta intención en contrario por escritura pública anotada al margen de inscripción social Registro de Comercio con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento
Objeto social
La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMARCELA ANDREA MEDINA RICCI, Notario Público Titular de San Miguel, con asiento en San Ramón y oficio en Avenida Santa Rosa N°7955, certifica: Por escritura pública de fecha 02 de noviembre de 2021, ante mí, doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL, doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL y la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A., antes INVERSIONES DOS ANTONIO Y COMPAÑÍA LIMITADA, todos domiciliados para estos efectos en calle O`Higgins N°443, local 1, La Serena, Región de Coquimbo, de paso en ésta, celebraron “División de Sociedad y Modificación de Estatutos INVERSIONES SAN JAVIER LMITADA”, sociedad inscrita a fojas 164 N°132 del Reg. de Com. del CBR de La Serena año 1988, y acordaron lo siguiente: I. Da cuenta de hecho que indica: Por escritura pública de fecha 24 de agosto del año 2020, otorgada en la Notaría de San Miguel, con asiento en San Ramón, de doña Marcela Andrea Medina Ricci, los socios de la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO Y COMPAÑÍA LIMITADA, acordaron su transformación en una sociedad anónima cerrada, pasando a denominarse INVERSIONES DOS ANTONIO S.A. Un extracto de dicha escritura se inscribió a fojas 617 N°228 del Reg. de Com. del CBR de La Serena año 2020, y se publicó en el Diario Oficial de fecha 17 de septiembre del mismo año. II. División social. Los socios acordaron dividir la sociedad INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA, la cual conserva su razón social y objeto, creándose una nueva sociedad que se denominará INVERSIONES SAN JAVIER DOS LIMITADA. Como consecuencia de la división, disminuye capital social de INVERSIONES SAN JAVIER LIMITADA de la suma de $2.517.667.191 a la suma de $5.403.655, modificándose el Artículo Sexto de los estatutos sociales, reemplazándose por el siguiente: “ARTÍCULO SEXTO: El capital social es la suma única y total de cinco millones cuatrocientos tres mil seiscientos cincuenta y cinco pesos, que los socios aportaron y enteraron en arcas sociales con anterioridad a esta fecha, de la siguiente forma: a) doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, con la suma de tres millones doscientos ochenta y cinco mil trescientos treinta y dos pesos, equivalentes aproximadamente al sesenta coma siete nueve ocho tres uno tres cinco uno por ciento del total de los derechos sociales; b) don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, con la suma de treinta y tres mil ochocientos sesenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente al cero coma seis dos seis siete ocho seis siete cuatro por ciento del total de los derechos sociales; c) doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL, con la suma de treinta y tres mil ochocientos sesenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente al cero coma seis dos seis siete ocho seis siete cuatro por ciento del total de los derechos sociales; d) doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, con la suma de treinta y tres mil ochocientos sesenta y nueve pesos, equivalentes aproximadamente al cero coma seis dos seis siete ocho seis siete cuatro por ciento del total de los derechos sociales; y e) la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A., con la suma de dos millones dieciséis mil setecientos dieciséis pesos, equivalentes aproximadamente al treinta y siete coma tres dos uno tres dos seis dos siete por ciento del total de los derechos sociales.” III. Estatutos sociedad INVERSIONES SAN JAVIER DOS LIMITADA. Socios otorgan estatutos de sociedad que nace de división, cuyo tenor extractado es el siguiente: Razón social: INVERSIONES SAN JAVIER DOS LIMITADA, pudiendo usar para todos los efectos legales, fines publicitarios y para actuar inclusive ante bancos, instituciones financieras o cualesquier organismo público o privado, la sigla comercial o nombre de fantasía de INVERSIONES SAN JAVIER DOS LTDA. o SAN JAVIER DOS LTDA. Domicilio: La Serena, Región de Coquimbo, sin perjuicio de las agencias o sucursales que pudieren establecerse en otros puntos del país o del extranjero. Duración: 40 años contados desde la fecha de la escritura de división, plazo que se prorrogará automáticamente por períodos iguales y sucesivos de 1 año cada uno, si ninguno de los socios manifiesta intención en contrario por escritura pública anotada al margen de inscripción social Registro de Comercio con no menos de 6 meses de anticipación al respectivo vencimiento. Objeto: La sociedad tendrá por objeto efectuar, tanto en Chile como en el extranjero, toda clase de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, especialmente en acciones, bonos, debentures, créditos, derechos, efectos de comercio y bienes raíces, pudiendo al efecto comprar, vender o conservar tales inversiones; tomar interés como socio en empresas o sociedades de cualquier naturaleza, crear, financiar, promover y administrar por cuenta propia o de terceros, cualesquier clase de negocios, empresas o sociedades; percibir e invertir los frutos de las inversiones. Podrá también realizar todas las actividades conexas o conducentes a los objetivos señalados u otros negocios que digan relación directa con el giro de la sociedad y, en general, llevar a cabo por sí misma o a través de terceros cualquier negocio que acuerden los socios. Para el cumplimiento de este objeto, la sociedad podrá celebrar y ejecutar toda clase de actos y contratos e incluso formar sociedades o ingresar a ellas. Capital: $2.512.263.536, que se distribuye entre los socios de la siguiente manera: a) doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, con $1.527.413.860, equivalentes aproximadamente al 60,79831351% del total de los derechos sociales; b) don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, con $15.746.535, equivalentes aproximadamente al 0,62678674% del total de los derechos sociales; c) doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL, con $15.746.535, equivalentes aproximadamente al 0,62678674% del total de los derechos sociales; d) doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, con $15.746.535, equivalentes aproximadamente al 0,62678674% del total de los derechos sociales; y e) la sociedad INVERSIONES DOS ANTONIO S.A. con $937.610.071, equivalentes aproximadamente al 37,32132627% del total de los derechos sociales. Los aportes indicados se encuentran íntegramente pagados e ingresados al patrimonio social y se derivan de la asignación de activos y pasivos a la sociedad en virtud de haber nacido de la división de otra. Administración y Uso Razón Social: La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a los socios, quienes la ejercerán a través de doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER, quien, anteponiendo su firma a la razón social, representará a la sociedad con las más amplias facultades descritas en la escritura extractada. Doña ALICIA LEONOR FINDEL WESTERMEIER no podrá ser removida de su cargo de administradora estatutaria de la sociedad. En caso de incapacidad médica permanente o fallecimiento de la administradora estatutaria, lo que no será necesario acreditar ante terceros, la administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don JAVIER ANTONIO MORALES FINDEL, doña MACARENA ANDREA MORALES FINDEL y doña PAULINA CATALINA MORALES FINDEL, quienes, actuando todos conjuntamente, y anteponiendo sus firmas a la razón social, representarán a la sociedad con las mismas facultades indicadas en la escritura extractada. Demás cláusulas constan en escritura extractada. San Ramón, 13 de diciembre del 2021. M. Medina R. Notario Público.