EÑE SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 28219-2021
- Notario
- ANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- 36ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Administración
La administración y uso de la razón social correspondera a doña MONICA CAROLINA HERCEG RUIZ, y doña KATIUSKA ANDREA HERCEG RUIZ, quienes podrán actuar en forma separada e indistintamente”. “Artículo Octavo. Atribuciones: donde dice El administrador….. debe decir… “Los administradores establecidos en el artículo séptimo actuando a nombe y cuenta de la sociedad, estarán investidos, para el desempeño de su cargo, de todas y cada una de las facultades establecidas en el artículo octavo de los estatutos sociales las cuales se dan por reproducidas una a una en el presente instrumento”
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRES FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Notario Público de la 36ª Notaria de Santiago, con oficio en La Concepción 65 piso 2, Providencia, certifica: Que con fecha 02 de Diciembre de 2021, Repertorio N° 28.219-2021, ante mí, se redujo a escritura pública ante mí, acta de Junta Extraordinaria de Accionistas celebrada con fecha 02 de diciembre de 2021 de la sociedad EÑE SpA, sociedad inscrita en el Registro de Comercio de Santiago a Fs. 43269 N° 28926 año 2013, en la cual se acordó por la unanimidad de los accionistas modificar el artículo séptimo y el artículo octavo de los estatutos sociales, en el siguiente sentido: “Artículo Séptimo. Administración: La administración y uso de la razón social correspondera a doña MONICA CAROLINA HERCEG RUIZ, y doña KATIUSKA ANDREA HERCEG RUIZ, quienes podrán actuar en forma separada e indistintamente”. “Artículo Octavo. Atribuciones: donde dice El administrador….. debe decir… “Los administradores establecidos en el artículo séptimo actuando a nombe y cuenta de la sociedad, estarán investidos, para el desempeño de su cargo, de todas y cada una de las facultades establecidas en el artículo octavo de los estatutos sociales las cuales se dan por reproducidas una a una en el presente instrumento”. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. Santiago, 09 de Diciembre de 2021.