Instrumento
- Fecha
- 13 de diciembre de 2021
- Notario
- María Soledad Santos Muñoz
- Oficio
- 7ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $3.000.000 CLP
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalMaría Soledad Santos Muñoz, Notario Público Titular de la 7ª Notaría de Santiago, con Oficio en Agustinas Nº 1161, entrepiso, certifica: por escritura pública, de hoy ante mí, Don CARLOS ALFREDO ALLENDES VEGA, Chileno, Casado, Eléctrico, con domicilio en Del Pincoy Nº 967, comuna de Huechuraba, R.M. constituye una sociedad por acciones como sigue: Razón social "CELDA SpA" pudiendo usar como nombre de fantasía ante terceros, y en especial ante los bancos, el de "CELDA".- El Objeto de la presente sociedad será: a) Laexportación, importación, compra, venta directa o cualquier modo de venta, permuta, consignación, acopio, leasing, producción y distribución de todo tipo de bienes y/o servicios al por mayor y al detalle; b) Distribución y comercialización de todo tipo de bienes; c) servicio técnico integral de baterías para electromovilidad; servicio de instalaciones eléctricas y energías renovables; d) Ejecución por cuenta propia o ajena, como contratista, subcontratista o de cualquier otra forma de montajes estructurales, mecánicos, electromecánicos e industriales; e) Arriendo de maquinaria; f) a) la prestación de servicios de asesorías en el área de electricidad; g) Efectuar y desarrollar toda clase de inversiones y/o negocios por cuenta propia o ajena, relativos a todo tipo de bienes, muebles o inmuebles, corporales o incorporales, su explotación, comercialización y/o administración; h) El ejercicio de todo tipo de representaciones, mandatos, comisiones y consignaciones de empresas, sociedades y/o particulares, sean estos nacionales o extranjeros; i) la realización de todas aquellas actividades comerciales o industriales que fueren complementarias o anexas al giro principal; j) Toda otra actividad que él o los socios acuerden desarrollar. Capital $3.000.000, dividido en 3000 acciones sin valor nominal, todas de una misma serie, se suscriben y paga en este acto y en dinero efectivo. Demás estipulaciones escritura extractada. Santiago, 13 de diciembre de 2021.