ALLIANCE CONSULTORES SpA
Instrumento
- Notario
- Alejandro Américo Alvarez Barrera
- Oficio
- 41º Notaría Santiago de don Félix Jara Cadot
- Comuna
- Santiago de don
Sociedad
- Capital
- $1.000.000 CLP
Personas y entidades (3)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Acta de Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de ALLIANCE CONSULTORES SpA | socio | 77114702-K | — | — | |
| Ernesto Eladio González Chaparro | socio | 5222761-5 | — | — | |
| Claudio Andrés Navarrete Maturana | socio | 11852683-K | 100% | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalAlejandro Américo Alvarez Barrera, Notario Público Suplente 41º Notaría Santiago de don Félix Jara Cadot, Huérfanos Nº 1160, subsuelo, Santiago, certifica: Con esta fecha se redujo a escritura pública, ante mí, Acta de Primera Junta Extraordinaria de Accionistas de ALLIANCE CONSULTORES SpA, RUT 77.114.702-K, inscrita fojas 564 Nº 295 Registro de Comercio Santiago año 2020, en la cual Ernesto Eladio González Chaparro, RUT 5.222.761-5, Cristián Domingo Covarrubias Küpfer, RUT 14.121.393-8 y Claudio Andrés Navarrete Maturana, RUT 11.852.683-K, titulares del 100% de las acciones en que se divide el capital de la sociedad acordaron modificar el Artículo Décimo del Estatuto, estableciendo que los administradores, Ernesto Eladio González Chaparro y Cristián Domingo Covarrubias Küpfer, ejercerán separada e indistintamente las siguientes facultades: Uno) Dar órdenes de cargo en cuentas corrientes bancarias; girar en dichas cuentas corrientes; cobrar, endosar, revalidar, cancelar, dar orden de no pago y protestar cheques y retirar cheques protestados; retirar talonarios de cheques; solicitar, impugnar, reconocer y aprobar saldos; endosar depósitos a plazo o a la vista y cancelar los mismos. Dos) Endosar, aceptar, reaceptar, renovar, revalidar, cancelar, prorrogar y protestar letras de cambio, libranzas o pagarés, instrumentos negociables, documentos bancarios y mercantiles y cualquier otro efecto de comercio, pudiendo ejercer las acciones que a la empresa correspondan respecto de tales documentos. Tres) Cobrar y percibir extrajudicialmente cuanto se adeude a la empresa; otorgar recibos, finiquitos y cancelaciones. Cuatro) Entregar y retirar documentos en custodia, cobranza o garantía. Cinco) Retirar de la Empresa de Correos de Chile u otras empresas postales, Servicio de Aduanas, Líneas Aéreas y de transporte en general, toda clase de correspondencia, certificada o no, giros, encomiendas, paquetes postales y, en general, cuanta especie venga destinada a nombre de la empresa. En lo no modificado, sigue vigente el Artículo Décimo y el Estatuto Social en general. Capital social: $1.000.000. Santiago, 17 de noviembre de dos mil veintiuno.