CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

AGUAS DEL RANCO LIMITADA

CVE 2056645
Capital
$10.000 CLP
Fecha instrumento
29 de noviembre de 2021
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
29 de noviembre de 2021
Notario
MARIA LIDIA DIAZ DIAZ
Domicilio
Río Bueno

Sociedad

Capital
$10.000 CLP
Domicilio
comuna de La Unión
Duración
CINCO AÑOS, desde que la sociedad quede totalmente constituida, prorrogables tácita y automáticamente por igual período, forma establecida cláusula cuarta. Se facultó para inscribir

Objeto social

La producción; elaboración; envasado; comercialización, distribución, exportación e importación de toda clase de bebidas no alcohólicas y alimentos o productos para el consumo humano, como agua mineral; jugos, refrescos; gaseosas; y toda otra actividad relacionada, en cualquiera de sus formas, directa o indirectamente con el giro anterior, presente o futuro que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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MARIA LIDIA DIAZ DIAZ, abogado, Notario Público Titular Río Bueno, E. Libertador 1059, certifica: por escritura pública 29 NOVIEMBRE 2021, ante mí: GLORIA DEL CARMEN ZAPATA ORELLANA, CRISTOPHER EDUARDS TORRES ZAPATA, CRISTIAN ALEJANDRO ARAVENA ZAPATA, y BRYAN ALEXIS TORRES ZAPATA, todos domiciliados en sector Cuinco, Comuna de La Unión, constituyeron sociedad comercial de responsabilidad limitada. RAZÓN SOCIAL: AGUAS DEL RANCO LIMITADA, con nombre de fantasía AGUAS DEL RANCO LTDA. DOMICILIO: comuna de La Unión, sin perjuicio establecer sucursales otro punto del país o extranjero. OBJETO: La producción; elaboración; envasado; comercialización, distribución, exportación e importación de toda clase de bebidas no alcohólicas y alimentos o productos para el consumo humano, como agua mineral; jugos, refrescos; gaseosas; y toda otra actividad relacionada, en cualquiera de sus formas, directa o indirectamente con el giro anterior, presente o futuro que acordaren los socios. REPRESENTACION, ADMINISTRACION Y USO DE RAZON SOCIAL: corresponderá indistintamente a los socios GLORIA DEL CARMEN ZAPATA ORELLANA y BRYAN ALEXIS TORRES ZAPATA, con amplias facultades, indicadas cláusula séptima escritura social. CAPITAL: $10.000.000 que los socios aportaron, en dinero efectivo en el acto, siguiente manera: GLORIA DEL CARMEN ZAPATA ORELLANA, $7.000.000; CRISTOPHER EDUARDS TORRES ZAPATA, $1.000.000, CRISTIAN ALEJANDRO ARAVENA ZAPATA, $1.000.000 y BRYAN ALEXIS TORRES ZAPATA, $1.000.000. Aportes pagados e ingresados en arcas sociales. Quedó enterado y pagado el total del capital de la sociedad. Considerando los aportes realizados por cada uno de los socios, éstos participan de la sociedad en la siguiente proporción: GLORIA DEL CARMEN ZAPATA ORELLANA 70%; CRISTOPHER EDUARDS TORRES ZAPATA 10% por ciento; CRISTIAN ALEJANDRO ARAVENA ZAPATA 10% y BRYAN ALEXIS TORRES ZAPATA 10%.- RESPONSABILIDAD: Limitada al monto de sus aportes. DURACIÓN: CINCO AÑOS, desde que la sociedad quede totalmente constituida, prorrogables tácita y automáticamente por igual período, forma establecida cláusula cuarta. Se facultó para inscribir. Otras estipulaciones escritura extractada. Río Bueno, 13 DE DICIEMBRE DE 2021.