COMERCIAL MANOS CREATIVAS LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2021
- Comuna
- Santiago
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalCHRISTIAN ALEJANDRO ORTIZ CACERES, Notario Suplente de la Titular 7ª Notaría de Santiago, Agustinas 1161, Entrepiso, Certifica: Por escritura pública suscrita ante la Titular María Soledad Santos Muñoz con fecha 01/12/2021. JOHANNELLY VIRGINIA RINCON MANZANILLA y doña JOHANNY SOLLER RINCON MANZANILLA, ambas con domicilio en esta ciudad, calle Lo Ovalle N° 150, departamento 1701,comuna de La Cisterna, constituyeron una sociedad, con la RAZON SOCIAL “COMERCIAL MANOS CREATIVAS LIMITADA”, pudiendo actuar con el nombre de fantasía “SAN CRISTOBAL LTDA”; la ADMINISTRACION Y USO DE RAZON SOCIAL, corresponderá indistintamente a una cualquiera de los socios, sin perjuicio de las delegaciones que pudiere efectuar por escritura pública, quienes actuarán por la sociedad y la obligarán anteponiendo a su firmas la razón social y tendrán todas las facultades del giro ordinario de la sociedad. CAPITAL, El capital de la sociedad será la suma de UN MILLÓN DE PESOS, que las socias aportan y pagaran en la forma que se indica: a) doña JOHANNELLY VIRGINIA RINCON MANZANILLA aporta y paga en este acto, en efectivo la suma de quinientos mil pesos, para todos los efectos ingresado en caja social, y quedando íntegramente enterado su aporte.- b) doña JOHANNY SOLLER RINCON MANZANILLA, aporta y paga en este acto, en efectivo la suma de quinientos mil pesos, para todos los efectos ingresado en caja social, y quedando íntegramente enterado su aporte: OBJETO, El objeto de la sociedad, será, la importación y exportación de todo tipo de productos , por cuenta propia o de terceros, su distribución y comercialización ; la representación de marcas; la prestación de todo tipo de servicios la gestión de toda clase de negocios en Chile o en el extranjero cuyo objeto se relacione directa o indirectamente con las actividades antes señaladas y en general, la realización de todo tipo de actividades atingentes o no al objeto o giro antes señalado que las socias acuerden. PLAZO, El plazo de duración de la sociedad será de cinco años, a contar de la fecha de la presente escritura y se entenderá renovada, por periodos iguales, en forma sucesiva, tacita y automáticamente, salvo uno de los socios manifestare su voluntad de ponerle término, con una anticipación mínima de tres meses, mediante escritura publica, de la cual deberá tomarse nota al margen de la inscripción del pacto social, en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago. Demás estipulaciones, escritura extractada. Santiago, 09 de Diciembre de 2021.