TRANSPORTES R J O LIMITADA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2021
- Notario
- VALERIA RONCHERA FLORES
- Oficio
- Décima Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
Administración
La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá de forma INDISTINTA a don PABLO FERNANDO ORTS y a don OSVALDO ANTONIO SOTO ALARCÓN, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalVALERIA RONCHERA FLORES, Abogado, Notario Público Titular de la Décima Notaría de Santiago, con oficio en calle Agustinas número mil doscientos treinta y cinco, Segundo Piso, CERTIFICO: Que Por escritura pública de fecha 02 de diciembre de 2021, ante mí, don OSVALDO ANTONIO SOTO ALARCÓN, chileno, casado con separación total de bienes, Contador Auditor, cédula nacional de identidad chilena número 12.470.259-3, domiciliado en Avenida Los Nogales 1245, estancia Liray, comuna de Colina, Región Metropolitana de Santiago, actuando en nombre propio y en representación de don RAMON JOSE ORTS, argentino, casado, Transportista, cédula de identidad chilena para extranjeros número 23.777.827-8, domiciliado en Ruta 40, Acceso Sur Lateral este kilómetro 3276, Perdriel, Luján de cuyo, Mendoza, Argentina; de doña CAROLINA BEATRIZ RIVAS PARRA, chilena, casada, Médico, cédula de identidad chilena número 23.594.518-5, domiciliada en Avenida España número 77, departamento número 320, comuna de Santiago, Región Metropolitana; y de don PABLO FERNANDO ORTS, argentino, soltero, Transportista, cédula de identidad chilena para extranjeros número 23.777.869-3, domiciliado en Avenida España número 77, departamento número 320, comuna de Santiago, Región Metropolitana. Exponen: PRIMERO: Con fecha en fecha 22 de noviembre de 2011, mediante escritura pública otorgada en la notaría de Santiago de don Juan Ricardo San Martín Urrejola, se constituyó sociedad de responsabilidad limitada TRANSPORTES R J O LIMITADA, rol único tributario número 76.182.672-7, cuyo extracto se inscribió a fojas 71870, número 52539, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2011, publicándose en el Diario Oficial, con fecha 2 de diciembre de 2011; modificada mediante escritura pública de fecha 17 de abril de 2017, otorgada en la notaría de Santiago de don ROBERTO ANTONIO CIFUENTES ALLEL, en la cual don PABLO FERNANDO ORTS, cedió el cincuenta y uno por ciento de los derechos de la sociedad TRANSPORTES R J O LIMITADA a doña CAROLINA BEATRIZ RIVAS PARRA, modificando la composición de los socios, capital y dividendos de la sociedad y la administración de la misma, modificación extractada e inscrita a fojas 33383, número 18293, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Santiago del año 2017, publicándose en el Diario oficial con fecha 2 de mayo de 2017.- SEGUNDO: Por el presente acto e instrumento se retira de la sociedad don RAMON JOSE ORTS, vendiendo, cediendo y transfiriendo todos sus derechos sociales, ascendentes al 49% del capital social a don PABLO FERNANDO ORTS, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $4.900.000 PESOS CHILENOS, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibir la citada suma a su entera y total satisfacción; CAROLINA BEATRIZ RIVAS PARRA, vendiendo, cediendo y transfiriendo parte de sus derechos sociales, ascendentes al 50% del total del capital social de la sociedad a don PABLO FERNANDO ORTS, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $5.000.000 DE PESOS CHILENOS, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibir la citada suma a su entera y total satisfacción; y se retira de la sociedad doña CAROLINA BEATRIZ RIVAS PARRA, vendiendo, cediendo y transfiriendo la totalidad de sus derechos sociales, es decir, el 1% que le corresponde de los derechos sociales de la sociedad a don OSVALDO ANTONIO SOTO ALARCÓN, quien los compra, acepta y adquiere para sí. El precio de esta cesión es la suma de $100.000 PESOS CHILENOS, que el cesionario paga al cedente en este acto, al contado y en dinero efectivo, declarando el cedente recibir la citada suma a su entera y total satisfacción. TERCERO: Como consecuencia de la cesión antes mencionada quedan como únicos socios don PABLO FERNANDO ORTS, quien posee el 99% de la participación social y don OSVALDO ANTONIO SOTO ALARCÓN, quien posee el 1% de la participación social. En consecuencia acuerdan la modificación del ARTÍCULO CUARTO del estatuto, que deberá leerse: CUARTO: El capital social será la suma de $10.000.000 DE PESOS CHILENOS, que los socios aportarán de la siguiente forma: A) Don PABLO FERNANDO ORTS aporta la suma de $9.900.000 PESOS CHILENOS, que equivalen al 99% de los derechos sociales, dinero que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo; y B) Don OSVALDO ANTONIO SOTO ALARCÓN, aporta la suma de $100.000 PESOS CHILENOS, que equivalen al 1% de los derechos sociales, dinero que entera en este acto, al contado y en dinero efectivo. Los socios limitan su responsabilidad personal hasta el monto de sus respectivos aportes.- CUARTO: Se acuerda la modificación de la administración y uso de la razón social de la sociedad, que le corresponderá de forma INDISTINTA a don PABLO FERNANDO ORTS y a don OSVALDO ANTONIO SOTO ALARCÓN, como consecuencia se modifica el artículo tercero de los estatutos sociales el cual queda redactado de la siguiente forma: “TERCERO: Administración: La administración de la sociedad, el uso de la razón social y la representación judicial y extrajudicial de la misma corresponderá de forma INDISTINTA a don PABLO FERNANDO ORTS y a don OSVALDO ANTONIO SOTO ALARCÓN, quienes anteponiendo la razón social a sus firmas, la representarán con las más amplias facultades ante cualquier persona, autoridad o institución civil, pública, municipal, privada, bancaria, de fomento, de crédito o financiera, pudiendo obligarla en toda clase de actos y contratos. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 02 de diciembre de 2021.