Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2021
- Notario
- ANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO
- Oficio
- Trigésima Sexta Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $10.000 CLP
- Domicilio
- Región Metropolitana, comuna de Maipú
Objeto social
El objeto de la sociedad será: a) la compra, venta, permuta, cesión, representación, comisión, consignación, distribución de insumos, productos, subproductos, ya sean de fabricación propia, nacionales o extranjeros, importación y exportación de bienes muebles, semovientes, minerales, vegetales, o animales, maquinarias, accesorios, repuestos, patentes de inversión, marcas de fábrica y)o de comercio y)o industria, modelos, diseños y de procedimientos industriales, pudiendo actuar inclusive como proveedora de los estados municipales, provinciales o estados nacionales, y de cualquier tipo de empresa estatal o entidad autárquica, y materias primas elaboradas y a elaborarse, relacionados con el objeto social; b) la transformación, manufactura, elaboración, reparación, industrialización, fraccionamiento, y)o fabricación por cuenta propia o por intermedio de terceros, de todo tipo de maquinarias, productos, subproductos, con materiales y)o materias primas elaboradas y)o semi elaboradas o no de producción nacional o extranjera, en especial derivados de las actividades metalúrgicas, metal mecánicas, vitivinícolas, frutihorticolas, agropecuarias, mineras y forestales; c) la importación y exportación de insumos, productos, subproductos y mercaderías, de fabricación propia, del país o del extranjero, por cuenta propia o de terceros, o bien asociada esta entidad a terceros aunque se trate de otras personas jurídicas, de todo tipo de bienes materiales o inmateriales, incluyendo obras de arte, ciencia y tecnología. Esta actividad faculta a la entidad a Intermediar en el comercio internacional, previa inscripción en las matrículas y registros pertinentes; d) la ejecución de mandatos lícitos en función de poderes otorgados por terceros, gestiones de negocios, administraciones, y que puedan en su caso implicar expresamente acto de disposición de bienes de terceros, en la medida que los mandatos y las leyes lo permitan, incluyendo el ejercicio de representaciones, despachos de aduanas, intermediaciones, distribuciones, consignaciones y comisiones. Podrá también la sociedad prestar servicios a terceros, por si y por intermedio de terceras personas públicas o privadas. que se encuentren dentro de las actividades industriales, comerciales, agrarias, inmobiliaria, Importación y exportación, a las a que se refiere el presente artículo. Queda excluido expresamente en este detalle, la representación del servicio de seguro; e) la participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; y, f) cualquier otra actividad que acuerden los
Administración
La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a un administrador, quien podrá actuar designado por la Junta de Accionistas, y durarán un año en el cargo pudiendo ser reelegidos. En el tiempo que media entre la constitución de la sociedad y la primera junta de accionistas, la administración corresponderá a NICOLÁS GASTÓN ASCÓ
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalANDRÉS FELIPE RIEUTORD ALVARADO, Abogado, Notario Público, Titular de la Trigésima Sexta Notaría de Santiago, con oficio en La Concepción número sesenta y cinco, piso dos, comuna de Providencia, certifico: Que por escritura pública de fecha 02 de diciembre de 2021, Rep. N° 28.165-2021, ante mí, don NICOLÁS GASTÓN ASCÓ, C.I.E.N° 23.985.754-K, en representación de HUGO HERNÁN FRATE, pasaporte de la República Argentina número AAC501922, y en representación de BRUNO FEDERICO FRATE, pasaporte de la República Argentina número AAD259688; todos domiciliados para estos efectos en calle El Paso del Carbón, número dos mil ciento ochenta, comuna de Lampa, constituyó sociedad por acciones. RAZÓN SOCIAL: “MV SERVICE CHILE SpA”, pudiendo usar como nombre fantasía “MV SERVICE SpA” para fines bancarios, financieros, tributarios, comerciales y de publicidad. DOMICILIO: Región Metropolitana, comuna de Maipú. OBJETO: El objeto de la sociedad será: a) la compra, venta, permuta, cesión, representación, comisión, consignación, distribución de insumos, productos, subproductos, ya sean de fabricación propia, nacionales o extranjeros, importación y exportación de bienes muebles, semovientes, minerales, vegetales, o animales, maquinarias, accesorios, repuestos, patentes de inversión, marcas de fábrica y/o de comercio y/o industria, modelos, diseños y de procedimientos industriales, pudiendo actuar inclusive como proveedora de los estados municipales, provinciales o estados nacionales, y de cualquier tipo de empresa estatal o entidad autárquica, y materias primas elaboradas y a elaborarse, relacionados con el objeto social; b) la transformación, manufactura, elaboración, reparación, industrialización, fraccionamiento, y/o fabricación por cuenta propia o por intermedio de terceros, de todo tipo de maquinarias, productos, subproductos, con materiales y/o materias primas elaboradas y/o semi elaboradas o no de producción nacional o extranjera, en especial derivados de las actividades metalúrgicas, metal mecánicas, vitivinícolas, frutihorticolas, agropecuarias, mineras y forestales; c) la importación y exportación de insumos, productos, subproductos y mercaderías, de fabricación propia, del país o del extranjero, por cuenta propia o de terceros, o bien asociada esta entidad a terceros aunque se trate de otras personas jurídicas, de todo tipo de bienes materiales o inmateriales, incluyendo obras de arte, ciencia y tecnología. Esta actividad faculta a la entidad a Intermediar en el comercio internacional, previa inscripción en las matrículas y registros pertinentes; d) la ejecución de mandatos lícitos en función de poderes otorgados por terceros, gestiones de negocios, administraciones, y que puedan en su caso implicar expresamente acto de disposición de bienes de terceros, en la medida que los mandatos y las leyes lo permitan, incluyendo el ejercicio de representaciones, despachos de aduanas, intermediaciones, distribuciones, consignaciones y comisiones. Podrá también la sociedad prestar servicios a terceros, por si y por intermedio de terceras personas públicas o privadas. que se encuentren dentro de las actividades industriales, comerciales, agrarias, inmobiliaria, Importación y exportación, a las a que se refiere el presente artículo. Queda excluido expresamente en este detalle, la representación del servicio de seguro; e) la participación en toda clase de sociedades, civiles o comerciales, ya sean colectivas, en comandita, pudiendo concurrir como socia comanditaria o gestora en éstas últimas, anónimas, por acciones o de responsabilidad limitada, cualquiera que sea su objeto; y, f) cualquier otra actividad que acuerden los socios. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. Además, podrá ejecutar todas las operaciones o negocios que acuerden el o los socios y que tengan relación con el objeto social. Para el cumplimiento de su objeto, la sociedad podrá ejecutar todos los actos y celebrar todos los contratos necesarios al fin indicado, al desarrollo de su negocio o comercio o a la inversión de los fondos disponibles de la sociedad. CAPITAL Y ACCIONES: US$10.000 (diez mil dólares de los Estados Unidos de América) dividido en 10.000 acciones nominativas, de única serie y sin valor nominal. Capital íntegramente suscrito y pagado en dinero en efectivo. ADMINISTRACIÓN: La administración, la representación y el uso de la razón social corresponderá a un administrador, quien podrá actuar designado por la Junta de Accionistas, y durarán un año en el cargo pudiendo ser reelegidos. En el tiempo que media entre la constitución de la sociedad y la primera junta de accionistas, la administración corresponderá a NICOLÁS GASTÓN ASCÓ.- Demás estipulaciones en escritura extractada.- Santiago, 06 de diciembre de 2021.