CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

INVERSIONES ALIK SpA

CVE 2055904
Capital
$5.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago

Instrumento

Fecha
9 de diciembre de 2021
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$5.000.000 CLP

Objeto social

la realización de inversiones en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos en sociedades de personas, cuotas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, como también la administración de dichas inversiones y sus frutos. Se dejó constancia, que la sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o a través de terceros, y ya sea por cuenta propia o ajena. (iii)

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliado en calle Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico que, por escritura pública de fecha 9 de diciembre del año 2021, otorgada ante mí, don UNAI OLABARRIETA URBIETA, constituyó una sociedad por acciones de cuyos estatutos se extracta lo siguiente: (i) Nombre: El nombre de la sociedad es “INVERSIONES ALIK SpA”. (ii) Objeto: la realización de inversiones en toda clase de bienes, sean muebles o inmuebles, corporales o incorporales, incluyendo la adquisición de acciones, derechos en sociedades de personas, cuotas, debentures, bonos, efectos de comercio y toda clase de valores mobiliarios e instrumentos de inversión, como también la administración de dichas inversiones y sus frutos. Se dejó constancia, que la sociedad podrá desarrollar todas las actividades propias de su objeto, tanto en Chile como en el extranjero, de manera directa o a través de terceros, y ya sea por cuenta propia o ajena. (iii) Capital: El capital de la sociedad es la suma de $5.000.000, dividido en 5.000 acciones nominativas, de una única serie y sin valor nominal, las que fueron íntegramente suscritas por don UNAI OLABARRIETA URBIETA, quien se obligó a pagarlas en el plazo máximo de 3 años, a contar de de la fecha de la escritura extractada. Se facultó al portador de este extracto, para requerir las inscripciones, anotaciones y publicaciones que sean procedentes, y para efectuar todos los trámites conducentes a la completa legalización de la sociedad.- Santiago, 10 de diciembre de 2021.- Luis Ignacio Manquehual Mery, Notario Titular.