Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Inés Limitada
Instrumento
- Fecha
- 7 de noviembre de 2021
- Notario
- FRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ
- Domicilio
- Viña del Mar
Sociedad
- Capital
- $4.237.252.983 CLP
- Duración
- Indefinida
Objeto social
Realizar con sus socios, socias y terceros todas y cada las operaciones que la Ley General de Cooperativas, Reglamento dicha Ley y el Compendio de Normas Financieras del Banco Central permitan a las Cooperativas de Ahorro y Crédito; promover los principios y valores cooperativos entre sus asociados y propender al bienestar personal, económico y cultural de éstos. Podrá constituir empresas filiales, sociedades de apoyo al giro, fundaciones, corporaciones y todas las demás personas jurídicas que fuesen pertinentes, de conformidad con la reglamentación vigente. ARTÍCULO 5°: DOMICILIO Y
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalFRANCISCO JAVIER FUENZALIDA RODRÍGUEZ, Notario Público Titular Viña del Mar, Arlegui 333, local 111 certifica: por escritura pública otorgada ante mí con esta fecha, Ricardo Arturo Morales Hyde, chileno, casado, abogado, cédula de identidad número 8.309.714-0, domiciliado en Viña del Mar, calle Quinta 187, oficina 5, debidamente facultado redujo a escritura pública acta de Junta General de Socios de la “Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Inés Limitada” de fecha 7 de noviembre de 2021, en segunda citación, con la asistencia de 68 socios, aprobaron modificación estatuto, por votación unánime, salvo modificación artículo 22 aprobada por 32 votos contra 1; articulo 30 letra l), aprobado por 28 votos contra 15. Y rechazo por 28 votos contra 15 a que trabajadores puedan ser socios. Así se aprobó reforma del Estatuto Social de la Cooperativa, que se encuentra inscrita a fojas 393, número 450, en el Registro de Comercio del año 2004 del Conservador de Bienes Raíces de Viña del Mar; quedando estos como sigue: ARTICULO 1°: RAZÓN SOCIAL: La Cooperativa se denominará “Cooperativa de Ahorro y Crédito Santa Inés Limitada, pudiendo usar el nombre de fantasía “Coopacsi Ltda”, y se regirá por este Estatuto Social, la Ley General de Cooperativas, su Reglamento y las demás disposiciones legales que le sean aplicables. ARTICULO 3º: OBJETO: Realizar con sus socios, socias y terceros todas y cada las operaciones que la Ley General de Cooperativas, Reglamento dicha Ley y el Compendio de Normas Financieras del Banco Central permitan a las Cooperativas de Ahorro y Crédito; promover los principios y valores cooperativos entre sus asociados y propender al bienestar personal, económico y cultural de éstos. Podrá constituir empresas filiales, sociedades de apoyo al giro, fundaciones, corporaciones y todas las demás personas jurídicas que fuesen pertinentes, de conformidad con la reglamentación vigente. ARTÍCULO 5°: DOMICILIO Y DURACIÓN: La Cooperativa está domiciliada en la Comuna de Viña del Mar, pudiendo establecer sucursales y oficinas en cualquier lugar del país o del extranjero y su duración es indefinida. ARTÍCULO 20°: CAPITAL: El Capital Social totalmente suscrito y pagado conforme el balance del día 31 de diciembre de 2019, asciende $4.237.252.983, dividido al día del balance en cuotas de participación de valor de $162,32.- cada una. Se deja constancia de que el capital totalmente suscrito a la fecha de constitución de la Cooperativa era la suma de $19.400.- Asimismo se deja constancia de que en anterior estatuto de la Cooperativa, que este reemplaza, consta que según balance del 31 de diciembre de 2017, ascendía a $3.950.572.893, dividido al día del balance en cuotas de participación de valor de $153.- cada una. ARTICULO 39°: DE LA JUNTA GENERAL DE SOCIOS OBLIGATORIA: A lo menos una Junta General de Socios se realizará obligatoriamente dentro del primer semestre de cada año y en ella deberán tratarse como mínimo las materias establecidas en el artículo 33, letras a), b), c) y d) de la Ley General de Cooperativas. ARTICULO 43°: DE LA CITACIÓN A JUNTA GENERAL DE SOCIOS: Por medio de un aviso de citación, que se publicará en un medio de comunicación social, con una anticipación de no más de quince días ni menos de cinco días de la fecha en que se realizará la Junta General de Socios respectiva. Deberá enviarse, además, una citación a cada socio o socia, por correo regular al domicilio de éste, o mediante correo electrónico, de tenerlo registrado en la Cooperativa, la que deberá informar el día, hora y lugar de dicha celebración. Se enviará también una referencia a las materias a ser tratadas en dicha Junta General de Socios y contendrá las demás menciones que señale el Reglamento de la Ley General de Cooperativas. Demás estipulaciones constan escritura extractada.- Doy Fe.- Viña del Mar, 29 de noviembre de 2021.