MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ARRIENDO PROTEGIDO LIMITADA

RUT 76200199-3 CVE 2055601
Capital
$3.000.000 CLP
Fecha instrumento
22 de octubre de 2021
Notaría
Penco Alejandro Abuter Game

Instrumento

Fecha
22 de octubre de 2021
Comuna
Penco Alejandro Abuter Game

Sociedad

Capital
$3.000.000 CLP

Administración

”; Cinco) Reemplazan cláusula décimo quinta en los términos indicados en la escritura; En lo no modificado queda vigente pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JOSE AGUSTIN DONOSO MUSIATE, Notario Suplente del Titular RAMÓN GARCÍA CARRASCO, oficio Rengo Nº 444 Concepción certifica: por escritura 22 OCTUBRE 2021 ante notario suplente de ésta OLAYA FERRADA GARRIDO; LUIS ROBERTO CARRASCO OPAZO, domiciliado en Colo Colo 379, of 1409 Concepción; ENRIQUE LEONARDO HERNANDEZ NUÑEZ, domiciliado en O´Higgins 940, of 504, Concepción; CAROLINA ANDREA CARRASCO PALMA, domiciliada en Colo Colo 379, of 1409 Concepción; y don CARLOS SALVADOR SABA VELOSO, domiciliado en Colo Colo 379, of 1409 Concepción; modificaron sociedad ARRIENDO PROTEGIDO LIMITADA, Rut. N°76.200.199-3, constituida escritura pública 9 de diciembre de 2011 Notaría Penco Alejandro Abuter Game, cuyo extracto se inscribió a fojas fojas 190 Nº 153 Registro de Comercio de Penco del año 2011 y se publicó en Diario Oficial de 14 de diciembre mismo año. capital legal $3.000.000. ENRIQUE LEONARDO HERNANDEZ NUÑEZ vendió, cedió y transfirió 34,65% del total de derechos de la sociedad a CAROLINA ANDREA CARRASCO PALMA quien compró, aceptó y adquirió para sí en el precio de $1.930.000, pagados al contado y en dinero efectivo. ENRIQUE LEONARDO HERNANDEZ NUÑEZ vendió, cedió y transfirió 0,35% del total de derechos de la sociedad a CARLOS SALVADOR SABA VELOSO quien compró, aceptó y adquirió para sí en el precio de $19.500, pagados al contado y en dinero efectivo. Se retira de la sociedad ENRIQUE LEONARDO HERNANDEZ NUÑEZ y quedan como únicos socios LUIS ROBERTO CARRASCO OPAZO, con 65% de participación en el capital social y en la sociedad, CAROLINA ANDREA CARRASCO OPAZO, con un 34,65% de participación en el capital social y en la sociedad y CARLOS SALVADOR SABA VELOSO, con un 0,35% de participación en el capital social y en la sociedad. Socios introdujeron las siguientes modificaciones: Uno) Reemplazan la cláusula cuarta de los estatutos sociales, y modifican la administración de la sociedad, en el sentido que representación, administración y uso de la razón social corresponderá a LUIS ROBERTO CARRASCO OPAZO, CAROLINA ANDREA CARRASCO PALMA Y CARLOS SALVADOR SABA VELOSO, conjunta o separadamente, con facultades contempladas en escritura extractada. Dos) Modifican cláusula séptima de los estatutos reemplazándola por la siguiente: “Las utilidades y eventuales pérdidas, y todo otro derecho de los socios, incluso en el evento de liquidación de la sociedad se distribuirán entre los socios a prorrata de sus respectivos aportes”; Tres) Eliminan cláusula octava de los estatutos sociales; Cuatro) Reemplazan cláusula décimo segunda de los estatutos por la siguiente: “En caso de fallecimiento de alguno o de algunos de los socios, la sociedad continuará con el o los socios sobrevivientes y los herederos de el o los fallecidos, quienes deberán hacerse representar por un mandatario común, el que no tendrá facultades de administración.”; Cinco) Reemplazan cláusula décimo quinta en los términos indicados en la escritura; En lo no modificado queda vigente pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada. CONCEPCION, 10 DE DICIEMBRE DE 2021.