Sociedad Médica Ceruti y Escobar Limitada
Instrumento
- Fecha
- 1 de diciembre de 2021
- Notario
- Patricio Raby Benavente
- Oficio
- 5ª Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $175.000 CLP
Personas y entidades (1)
| Nombre | Rol | RUT/RUN | % | Aporte | Domicilio |
|---|---|---|---|---|---|
| Sociedad Médica Ceruti y Escobar Limitada | socio | 78088850-4 | — | — |
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalPatricio Raby Benavente, Notario Público Titular de la 5ª Notaría de Santiago, con oficio en Gertrudis Echenique 30, Of. 32, Las Condes, certifico: Por escritura pública de fecha 1 de diciembre de 2021, otorgada ante mi suplente doña María Virginia Wielandt Covarrubias, doña Eliana Julia Ceruti Danus, domiciliada en Enrique Foster Norte N°265, depto. 1001, Las Condes, Región Metropolitana, doña Ana María Escobar Ceruti, doña Ana María Kutz Escobar, don José Luis Kutz Escobar, los tres domiciliados en calle Martín de Zamora N° 3443, Las Condes, Región Metropolitana, y doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, domiciliada en calle Noruega N° 6427, depto. 55, Las Condes, Región Metropolitana; acordaron modificar estatutos de Sociedad Médica Ceruti y Escobar Limitada, RUT N° 78.088.850-4, inscrita a fojas 8367, N° 4146 del Registro de Comercio de Santiago de 1991. Modificación consiste: 1) doña Eliana Julia Ceruti Danus vendió, cedió y transfirió a doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, quien compró, aceptó y adquirió para sí, un 14% de los derechos sociales de la Sociedad. El precio cesión: $70.000, pagados al contado y en dinero efectivo, acto escritura extractada. 2) doña Ana María Escobar Ceruti vendió, cedió y transfirió a doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, quien compró, aceptó y adquirió para sí, un 14% de los derechos sociales de la Sociedad. El precio cesión: $70.000, pagados al contado y en dinero efectivo, acto escritura extractada. 3) don José Luis Kutz Escobar vendió, cedió y transfirió a doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, quien compró, aceptó y adquirió para sí, la totalidad de sus derechos sociales equivalentes al 1% de los derechos sociales. El precio cesión: $5.000, pagados al contado y en dinero efectivo, acto escritura extractada. Quedaron como únicos socios Sociedad Médica Ceruti y Escobar Limitada, doña Eliana Julia Ceruti Danus con un 35% de los derechos sociales, doña Ana María Escobar Ceruti con un 35% de los derechos sociales, doña Consuelo Leonor Kutz Escobar con un 29% de los derechos sociales, y doña Ana María Kutz Escobar, con un 1% de los derechos sociales. Dejando de ser socio de la sociedad don José Luis Kutz Escobar. En virtud de lo anterior, únicos y actuales socios de Sociedad Médica Ceruti y Escobar Limitada, acordaron modificar la cláusula cuarta por la siguiente: “CUARTO: El Capital social es la cantidad de $500.000 íntegramente aportado y pagado por los socios en las siguientes proporciones: a) doña Eliana Julia Ceruti Danus, aportó la cantidad de $175.000, que pagó al contado y en dinero efectivo; b) doña Ana María Escobar Ceruti, aportó la cantidad de $175.000, que pagó al contado y en dinero efectivo; c) doña Consuelo Leonor Kutz Escobar, aportó la cantidad de $145.000, que pagó al contado y en dinero efectivo; y d) doña Ana María Kutz Escobar, aportó la cantidad de $5.000, que pagó al contado y en dinero efectivo. De esta forma el capital pertenece en un 35% por ciento a doña Eliana Julia Ceruti Danus, en un 35% a doña Ana María Escobar Ceruti, en un 29% a doña Consuelo Leonor Kutz Escobar y en un 1% a doña Ana María Kutz Escobar.” Socios limitan expresamente su responsabilidad personal por los negocios y obligaciones sociales hasta el monto de sus respectivos aportes. Otras estipulaciones no son materia de extracto, constan en escritura extractada. Santiago, 07 de diciembre de 2021. Patricio Raby Benavente, Notario Público.