CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

SALERNO BOGLIOLO LIMITADA

CVE 2054947
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2021

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2021
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Sociedad

Domicilio
Santiago, Región Metropolitana

Objeto social

El objeto de la sociedad será realizar en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: La elaboración de alimentos perecibles en cualquiera de sus formas; la prestación de servicios de alimentación en general, que comprenden, sin que el presente listado sea taxativo, el procesamiento, elaboración, producción, manipulación, envasado, catalogación, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de alimentos; su comercialización en general y venta a casinos, locales comerciales, establecimientos educacionales, hogares particulares, a empresas, instituciones, en eventos públicos y)o privados, y cualquier otra actividad de carácter comercial que determinen los socios; La importación y comercialización de bienes y servicios de todo tipo; El arrendamiento y compraventa de bienes muebles o inmuebles por cuenta propia o de terceros; La prestación de servicios anexos o conexos al servicio de alimentación; La adquisición, comercialización u arriendo de bienes raíces, bienes muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y la adquisición de cualquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas con sociedades de cualquier tipo y)o objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios, o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades, u cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo. DURACION DE LA SOCIEDAD. La sociedad tendrá un plazo de duración de tres años, a contar de la fecha de la presente escritura, prorrogables tácitamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo aviso de cualquiera de los socios manifestando su intención de no continuar con la sociedad. Este aviso deberá ser hecho por escritura pública y anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del plazo de duración de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas. RESPONSABILIDAD

Administración

La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jorge Adrián Salerno y don Juan Pablo Bogliolo, ambos ya individualizados en la comparecencia, quienes actuando en forma individual, separada e indistintamente y anteponiendo a sus firmas la razón social, representarán y obligarán a la sociedad, con las más amplias facultades que de acuerdo a la escritura se extracta:

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, chileno, casado, abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Avenida La Dehesa N° 1450, Local 1, Santiago, certifico: Por escritura pública de hoy, repertorio número 5614-2021, ante mí, (i) don Jorge Adrián Salerno, argentino, soltero, panadero, cédula nacional de identidad para extranjeros número veintisiete millones trecientos noventa y siete mil quinientos cuarenta y tres guión ocho, domiciliado en avenida las condes número nueve mil ochocientos ochenta y nueve departamento veintitrés letra A, comuna de Las Condes, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; y, (ii) don Juan Pablo Bogliolo, argentino, soltero, empleado, cédula nacional de identidad para extranjeros número veinticuatro millones quinientos cuarenta y siete mil diez guión K con domicilio en calle Virginia número siete mil setecientos setenta y seis, comuna de Vitacura, ciudad de Santiago, Región Metropolitana; ambos comparecientes mayores de edad, quienes acreditan sus identidades con los documentos antes citados y exponen: Vienen en constituir una sociedad comercial de responsabilidad limitada cuyos estatutos extractados son los siguientes. RAZÓN SOCIAL. El nombre o razón social será “SALERNO BOGLIOLO LIMITADA”, pudiendo usar para todos los efectos legales, incluso bancarios, el nombre de fantasía “República Gaucha Limitada”. DOMICILIO: Santiago, Región Metropolitana, sin perjuicio de las agencias o sucursales que decida abrir en otros puntos del país o del extranjero. CAPITAL SOCIAL. El capital de la Sociedad asciende a la suma de un millón de pesos, en el cual los socios participan en la siguiente proporción: a) Jorge Adrián Salerno, con cincuenta por ciento del capital social, equivalente a quinientos mil pesos, el que aporta y paga en este acto en dinero en efectivo, ingresando el capital a la caja social; y, b) Juan Pablo Bogliolo, con cincuenta por ciento del capital social, equivalente a quinientos mil pesos, el que aporta y paga en este acto en dinero en efectivo, ingresando el capital a la caja social. De esta forma, el capital social de un millón de pesos se encuentra íntegramente suscrito y pagado por los socios constituyentes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL. La administración de la sociedad y el uso de la razón social corresponderá a don Jorge Adrián Salerno y don Juan Pablo Bogliolo, ambos ya individualizados en la comparecencia, quienes actuando en forma individual, separada e indistintamente y anteponiendo a sus firmas la razón social, representarán y obligarán a la sociedad, con las más amplias facultades que de acuerdo a la escritura se extracta: OBJETO. El objeto de la sociedad será realizar en el país o en el extranjero, las siguientes actividades: La elaboración de alimentos perecibles en cualquiera de sus formas; la prestación de servicios de alimentación en general, que comprenden, sin que el presente listado sea taxativo, el procesamiento, elaboración, producción, manipulación, envasado, catalogación, venta, comercialización, distribución, importación y exportación de alimentos; su comercialización en general y venta a casinos, locales comerciales, establecimientos educacionales, hogares particulares, a empresas, instituciones, en eventos públicos y/o privados, y cualquier otra actividad de carácter comercial que determinen los socios; La importación y comercialización de bienes y servicios de todo tipo; El arrendamiento y compraventa de bienes muebles o inmuebles por cuenta propia o de terceros; La prestación de servicios anexos o conexos al servicio de alimentación; La adquisición, comercialización u arriendo de bienes raíces, bienes muebles, valores mobiliarios, participaciones sociales y la adquisición de cualquiera otros bienes y la conservación y administración de los mismos, con miras a la percepción de sus frutos naturales y civiles. La sociedad podrá participar en otras personas jurídicas con sociedades de cualquier tipo y/o objeto, y ejercer todas las facultades que en ellas correspondan a los miembros, socios, o accionistas, incluso asumiendo la administración de tales entidades, u cualquier otra actividad que los socios determinen de común acuerdo. DURACION DE LA SOCIEDAD. La sociedad tendrá un plazo de duración de tres años, a contar de la fecha de la presente escritura, prorrogables tácitamente por períodos iguales y sucesivos de tres años cada uno, salvo aviso de cualquiera de los socios manifestando su intención de no continuar con la sociedad. Este aviso deberá ser hecho por escritura pública y anotarse al margen de la inscripción social en el Registro de Comercio, con una anticipación mínima de tres meses al vencimiento del plazo de duración de la sociedad o de cualquiera de sus prórrogas. RESPONSABILIDAD. Los socios limitan su responsabilidad al monto de sus respectivos aportes. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 7 de diciembre de 2021.