CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

ROKHA ASESORÍA LEGAL Y TRIBUTARIA LIMITADA

RUT 76967518-3 CVE 2055366
Capital
$1.000.000 CLP
Fecha instrumento
9 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
9 de diciembre de 2021
Notario
LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
Oficio
Octava Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Capital
$1.000.000 CLP
Domicilio
Santiago
Duración
5 años desde la fecha de la escritura extractada, prorrogado automáticamente por periodos de 5 años salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalada en escritura
Ley aplicable
Ley 3.918

Objeto social

El objeto de la sociedad será: A) La prestación de servicios de asesoría, gestión y representación, ya sea judicial o extrajudicial, en cualquier área del derecho, ya sea a personas naturales y)o jurídicas, por cuenta propia o de terceros; B) La obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como, planes de ahorro, cuotas o derechos acciones, promesas de acciones, bonos y debentures en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y)o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado

Administración

El uso de la razón social y la administración corresponderá a CARLOS ALBERTO CASTILLO GONZÁLEZ y a MARCELO ANDRÉS RAMÍREZ ADRIAZOLA, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, gozarán de amplias facultades señaladas en escritura extractada

Personas y entidades (2)

Nombre Rol RUT/RUN % Aporte Domicilio
ASESORÍAS E INVERSIONES CASTILLO-GONZÁLEZ SpA socio 76967518-3
ASESORÍAS E INVERSIONES RAMAD SpA socio 77076982-5

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, abogado, Notario Público Titular de la Octava Notaría de Santiago, domiciliada en calle Huérfanos número 941, local 302, Santiago, certifico que: por escritura pública de hoy, ante mí, (I) ASESORÍAS E INVERSIONES CASTILLO-GONZÁLEZ SpA, RUT N°76.967.518-3, y, (II) ASESORÍAS E INVERSIONES RAMAD SpA, RUT N°77.076.982-5, todos domiciliados en Santa Beatriz 111, oficina 608, Providencia, Región Metropolitana; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada de conformidad a Ley 3.918 y demás disposiciones supletorias. RAZÓN SOCIAL: La razón social será “ROKHA ASESORÍA LEGAL Y TRIBUTARIA LIMITADA”. DOMICILIO: Santiago, sin perjuicio de las agencias o sucursales que se puedan establecer en otros puntos del país o del extranjero. OBJETO: El objeto de la sociedad será: A) La prestación de servicios de asesoría, gestión y representación, ya sea judicial o extrajudicial, en cualquier área del derecho, ya sea a personas naturales y/o jurídicas, por cuenta propia o de terceros; B) La obtención de rentas de la inversión en toda clase de bienes muebles e inmuebles, corporales e incorporales, tales como, planes de ahorro, cuotas o derechos acciones, promesas de acciones, bonos y debentures en todo tipo de sociedades, sean comerciales o civiles, comunidades o asociaciones y en toda clase de títulos o valores mobiliarios. El desarrollo del objeto social podrá ser efectuado de modo directo e individual, bajo asociación con terceras personas naturales y/o jurídicas, o mediante la participación en sociedades con objeto idéntico o análogo al expresado. CAPITAL: $1.000.000.-, que socios aportan y pagarán en la siguiente forma y proporción: (I) ASESORÍAS E INVERSIONES CASTILLO-GONZÁLEZ SpA, aporta $500.000, correspondiente al 50% del capital social, suma que deberá pagar en dinero en efectivo, en el plazo de 3 años contados desde la fecha de escritura extractada; y, (II) ASESORÍAS E INVERSIONES RAMAD SpA, aporta $500.000, correspondiente al 50% del capital social, suma que deberá pagar en dinero en efectivo, en el plazo de 3 años contados desde la fecha de escritura extractada. RESPONSABILIDAD: La responsabilidad de los socios queda limitada al monto de sus respectivos aportes. ADMINISTRACIÓN Y USO DE LA RAZÓN SOCIAL: El uso de la razón social y la administración corresponderá a CARLOS ALBERTO CASTILLO GONZÁLEZ y a MARCELO ANDRÉS RAMÍREZ ADRIAZOLA, quienes anteponiendo sus firmas a la razón social, gozarán de amplias facultades señaladas en escritura extractada. DURACIÓN: 5 años desde la fecha de la escritura extractada, prorrogado automáticamente por periodos de 5 años salvo voluntad de término expresada según forma y plazos señalada en escritura. Demás estipulaciones en escritura extractada. Santiago, 9 de diciembre de 2021. LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY. N.P.