INMOBILIARIA CALAFQUÉN SpA
Instrumento
- Fecha
- 2 de diciembre de 2021
- Repertorio
- 22206/2021
- Notario
- LUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY
- Oficio
- 8° Notaría de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $16.500.000 CLP
Objeto social
Esta sociedad tendrá por objeto arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y)o asociada o en coparticipación con terceros. Capital social de $16.500.000, dividido en diez mil acciones de una sola serie, de igual valor y sin valor nominal íntegramente suscrito y pagado. Gerente general NICOLÁS SEBASTIÁN GONZÁLEZ GUERRERO. Domicilio El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales, agencias, oficinas o sucursales que se establezcan en el futuro, en otros lugares del país y)o del extranjero
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalLUIS IGNACIO MANQUEHUAL MERY, Abogado, Notario Público, Titular de la 8° Notaría de Santiago, Huérfanos 941, local 302, Santiago, certifico: Por escritura pública fecha 02/12/2021, otorgada ante mi bajo el Repertorio N°22.206/2021, don FELIPE IGNACIO ACUÑA GONZÁLEZ, cedula nacional de identidad N°17.763.914-1, don JUAN CARLOS URNIA BRAVO cedula nacional de identidad N°13.869.299-k. don OSCAR ERNESTO GONZÁLEZ MATURANA, cedula nacional de identidad N°9.223.832-6 y don NICOLÁS SEBASTIÁN GONZÁLEZ GUERRERO, cedula nacional de identidad N°18.028.648-9, constituyeron una sociedad por acciones que se denomina “INMOBILIARIA CALAFQUÉN SpA”. Objeto social: Esta sociedad tendrá por objeto arrendamiento, compra y venta y en general adquisición y enajenación a cualquier título de bienes raíces, su explotación, administración y percepción de sus frutos, como también desarrollo cualquier tipo proyectos inmobiliarios; además, podrá, invertir en bienes muebles corporales de toda clase, como acciones, bonos, derechos, títulos de crédito, debentures y, en general, en cualquier clase de valores mobiliarios, efectos públicos o de comercio, derechos en sociedades y demás bienes incorporales, pudiendo adquirir y enajenar a cualquier título los señalados bienes y valores, administrarlos y percibir sus frutos. Podrá además tener por objeto prestación de servicios a terceros de cualquier tipo, tales como arriendo de instalaciones de oficinas y laboratorios, de servicio de personal administrativo y secretaría, y de servicios de aseo y de transporte. Podrá realizar toda clase de negocios y actividades relacionados directa o indirectamente con el giro antes mencionado y que socios determinen de común acuerdo. Para el cumplimiento de los objetivos señalados, la sociedad podrá actuar por cuenta propia o ajena y/o asociada o en coparticipación con terceros. Capital social de $16.500.000, dividido en diez mil acciones de una sola serie, de igual valor y sin valor nominal íntegramente suscrito y pagado. Gerente general NICOLÁS SEBASTIÁN GONZÁLEZ GUERRERO. Domicilio El domicilio legal de la sociedad será la ciudad de Santiago, sin perjuicio de los domicilios especiales, agencias, oficinas o sucursales que se establezcan en el futuro, en otros lugares del país y/o del extranjero. Demás estipulaciones constan escritura que extracto. Santiago, 06 de Diciembre de 2021.