CONSTITUCIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Sociedad de Inversiones Minaeff y Sade Compañía Limitada

CVE 2054173
Fecha instrumento
1 de diciembre de 2021

Instrumento

Fecha
1 de diciembre de 2021
Notario
JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO
Domicilio
Temuco

Sociedad

Domicilio
VILLARRICA

Objeto social

El objeto o giro de la Sociedad será, en términos amplios: el realizar todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, arriendo, subarriendo, compra y venta de bienes muebles e inmuebles, de maquinarias, herramientas y equipos de construcción, comercio exterior, títulos crediticios, inversiones en moneda nacional o extranjera, además la sociedad podrá realizar todas aquellas actividades que se relacionen en la actualidad o en el futuro directa o indirectamente con el giro mencionado y cualquier otro negocio que acordaren los

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

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JUAN ANTONIO LOYOLA OPAZO, Notario Público Titular de Temuco, con oficio en calle A. Prat 770, certifica: Que por escritura pública de fecha 01 de diciembre de 2021, otorgada ante mí e ingresada al Repertorio a mi cargo bajo el número Rep. Nº 4986, don ALEJANDRO MINAEFF TOLSTOW, chileno, casado y separado totalmente de bienes, mayor de edad, empresario, cédula nacional de identidad número siete millones mil quinientos dieciséis guion uno, domiciliado en jardines de Villarrica lote trece , comuna y ciudad de Villarrica y doña ANDREA JAMILE SADE OLAVE, chilena, casada y separada totalmente de bienes, mayor de edad, secretaria bilingüe, cédula nacional de identidad número nueve millones trecientos seis mil novecientos tres guion k, domiciliada en jardines de Villarrica lote trece , comuna y ciudad de Villarrica; constituyeron sociedad de responsabilidad limitada.- RAZÓN SOCIAL: “La razón social será: “SOCIEDAD DE INVERSIONES MINAEFF Y SADE COMPAÑÍA LIMITADA”, y podrá operar también frente a terceros, incluso bancos y demás instituciones financieras, con la sigla o nombre de fantasía “SOCIEDAD DE INVERSIONES MS LIMITADA”. OBJETO: El objeto o giro de la Sociedad será, en términos amplios: el realizar todo tipo de inversiones mobiliarias e inmobiliarias, arriendo, subarriendo, compra y venta de bienes muebles e inmuebles, de maquinarias, herramientas y equipos de construcción, comercio exterior, títulos crediticios, inversiones en moneda nacional o extranjera, además la sociedad podrá realizar todas aquellas actividades que se relacionen en la actualidad o en el futuro directa o indirectamente con el giro mencionado y cualquier otro negocio que acordaren los socios. DOMICILIO: VILLARRICA, sin perjuicio de agencias o sucursales.- ADMINISTRACIÓN, USO DE LA RAZÓN SOCIAL, REPRESENTACIÓN JUDICIAL Y EXTRAJUDICIAL DE LA SOCIEDAD: La administración, uso de razón social y la representación tanto judicial como extrajudicial, corresponderá única y exclusivamente al socio don ALEJANDRO MINAEFF TOLTOW con todas y cada una de las facultades señaladas en la respectiva escritura social. CAPITAL: El capital total de iniciación de la sociedad será la suma de DOSCIENTOS VEINTE MILLONES DE PESOS, aportados por cada uno de los socios de la siguiente forma. A.- El socio don ALEJANDRO MINAEFF TOLSTOW, aporta la suma total de DOSCIENTOS DIECISIETE MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS que se aportan de la siguiente manera: UNO) con el aporte de la suma de DOS MILLONES OCHOCIENTOS MIL PESOS, que este socio aporta en dinero en efectivo, el cual ingresa a la caja social al momento de firmar la presente escritura; DOS) con el aporte en propiedad que hace el socio ALEJANDRO MINAEFF TOLSTOW, del cien por ciento de la propiedad del inmueble consistente en el lote trece del sector A resultante de la subdivisión del sector A, que corresponde a parte del predio denominado el caleuche de la comuna de Villarrica, teniendo el referido lote una superficie aproximada de cinco mil cuatrocientos metros cuadrados y los siguientes deslindes especiales: NORTE, en ciento veinte metros con fundo de don Paulino Varas; SUR, en ciento veinte metros con lotes doce, catorce, veinte y veintidós; ESTE, en cuarenta y cinco metros con lote veintiuno; y OESTE, en cuarenta y cinco metros con lote siete; plano de subdivisión, memoria explicativa y certificado del SAG se encuentran agregados con los números setecientos cuarenta y cinco, setecientos cuarenta y seis y setecientos cuarenta y siete, al registro de propiedad del año mil novecientos noventa y cuatro del Conservador de Bienes Raíces de Villarrica; el socio aportante don ALEJANDRO MINAEFF TOLSTOW adquirió el dominio del referido inmueble que aporta en propiedad por contrato de compraventa de inmueble, suscrito con la sociedad inmobiliaria y de inversiones entrepuntas limitada por escritura pública otorgada en la ciudad de Santiago, el día diecisiete de abril del año dos mil dos ante el Notario Público don FÉLIX JARA CADOT, titular de la cuadragésima primera notaria de la ciudad de Santiago, el rol de avalúo para los efectos del pago de las contribuciones territoriales numero trecientos cincuenta y cuatro guion ciento catorce de la comuna de Villarrica, inmueble que se encuentra inscrito actualmente a nombre del socio aportante don ALEJANDRO MINAEF TOLSTOW a fojas novecientos ochenta y ocho numero cuatrocientos ochenta y tres del Registro de Propiedad del Conservador de bienes raíces de Villarrica correspondiente al año dos mil dos, inmueble aportado en el cual el socio aportante tiene actualmente el cien por ciento de su dominio y que por el presente acto y contrato aporta la totalidad de la propiedad que el socio aportante tiene en dominio sobre dicho inmueble, propiedad que es avaluada de común acuerdo por los socios en la suma de doscientos quince millones de pesos, total aporte del socio don ALEJANDRO MINAEFF TOLSTOW equivalente al noventa y nueve por ciento del total del capital social. B.- La socia doña ANDREA JAMILE SADE OLAVE, aporta la suma total de DOS MILLONES DOSCIENTOS MIL PESOS, que esta socia aporta en dinero en efectivo, el cual ingresa a la caja social al momento de firmar la presente escritura; total aporte de esta socia equivalente al uno por ciento del total del capital social. RESPONSABILIDAD: Los socios la limitan al monto de sus respectivos aportes. DURACIÓN SOCIEDAD: Cinco años desde fecha de la escritura, renovable según los estatutos.- Demás estipulaciones constan en escritura extractada. TEMUCO, 02 de diciembre de 2021.