CONSTITUCIÓN Sociedad por Acciones

M&P MARKETING Y PUBLICIDAD SpA

CVE 2054429
Fecha instrumento
7 de diciembre de 2021
Notaría
Santiago
Duración
Definida

Instrumento

Fecha
7 de diciembre de 2021
Notario
JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA
Oficio
43ª Notaría de Santiago
Comuna
Santiago

Sociedad

Duración
El plazo de duración de la Sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura. Este plazo se entenderá renovado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de cinco años cada uno, si ninguno de los accionistas manifestare su intención de ponerle término en la forma indicada en los estatutos. La sociedad no se disolverá en el evento que un solo accionista posea la totalidad de las acciones de la misma

Objeto social

(a) La prestación de servicios profesionales en toda el área de publicidad, marketing, comunicación social y comercialización, tanto por medios físicos, como digitales; (b) el estudio, planificación y la asesoría en materia de campañas publicitarias, de marketing y de comunicaciones sociales, en todas sus formas, y el posicionamiento de productos en el mercado; (c) la producción, coproducción, filmación y grabación de spots publicitarios, películas y sonidos y de filmes, y otras producción es audiovisuales, en cualquier medio o canal de comunicación; (d) el desarrollo de empresas de publicidad en los distintos ámbitos y espacios comunicacionales; (e) la organización de eventos, fiestas y reuniones sociales; (f) la elaboración, preparación, publicación y exhibición, en toda forma y medios, de anuncios, publicidad e innovaciones de cualquier clase o naturaleza; imprimir, publicar y distribuir periódicos, libros, folletos, revistas, publicaciones periódicas, hojas volantes, ilustraciones, bocetos, avisos, tarjetas de publicidad y anuncios publicitarios de toda clase; (g) la representación de empresas en los ámbitos antes señalados; (h) la prestación de asesorías en proyectos empresariales y organizaciones de empresas; y, (d) en general, la inversión de recursos en toda clase de actividades, empresas o sociedades, y cualquiera otros bienes y derechos, y el desarrollo de cualquier otro negocio que acordaren los

Administración

La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña a doña María Francisca Mitarakis Gorke y a doña Isidora de Jesús Pellegrini Amunátegui, ya individualizadas, actuando siempre conjuntamente, salvo que los estatutos digan expresamente lo contrario

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

JUAN RICARDO SAN MARTÍN URREJOLA, Notario Público 43ª Notaría de Santiago, Huérfanos 835, piso 18, Santiago, certifica que por escritura pública de hoy ante mí, comparecieron doña María Francisca Mitarakis Gorke, domicilio calle Luz Nº 2959, Departamento 184, y doña Isidora de Jesús Pellegrini Amunátegui, domicilio calle Playa de Aro Nº 6159, ambos en comuna de Vitacura, Santiago, Región Metropolitana, quienes constituyeron una sociedad por acciones que se extracta a continuación: Nombre: M&P MARKETING y PUBLICIDAD SpA; Objeto: (a) La prestación de servicios profesionales en toda el área de publicidad, marketing, comunicación social y comercialización, tanto por medios físicos, como digitales; (b) el estudio, planificación y la asesoría en materia de campañas publicitarias, de marketing y de comunicaciones sociales, en todas sus formas, y el posicionamiento de productos en el mercado; (c) la producción, coproducción, filmación y grabación de spots publicitarios, películas y sonidos y de filmes, y otras producción es audiovisuales, en cualquier medio o canal de comunicación; (d) el desarrollo de empresas de publicidad en los distintos ámbitos y espacios comunicacionales; (e) la organización de eventos, fiestas y reuniones sociales; (f) la elaboración, preparación, publicación y exhibición, en toda forma y medios, de anuncios, publicidad e innovaciones de cualquier clase o naturaleza; imprimir, publicar y distribuir periódicos, libros, folletos, revistas, publicaciones periódicas, hojas volantes, ilustraciones, bocetos, avisos, tarjetas de publicidad y anuncios publicitarios de toda clase; (g) la representación de empresas en los ámbitos antes señalados; (h) la prestación de asesorías en proyectos empresariales y organizaciones de empresas; y, (d) en general, la inversión de recursos en toda clase de actividades, empresas o sociedades, y cualquiera otros bienes y derechos, y el desarrollo de cualquier otro negocio que acordaren los accionistas. Para el debido desarrollo del objeto anterior, la Sociedad podrá constituir, formar parte o adquirir derechos o acciones en sociedades de personas o de capital y ejecutar y celebrar toda clase de actos destinados a cumplir con los fines sociales y, en general, realizar toda otra actividad o negocio lícito relacionado con los anteriores o que se derive de ellos, los complemente o sea una consecuencia de los mismos; así como de cualquier actividad o negocio que acuerden los accionistas en conformidad a la legislación vigente y a los presentes estatutos, que no se encuentren prohibidas por las leyes chilenas. Duración: El plazo de duración de la Sociedad será de cinco años contados desde la fecha de la presente escritura. Este plazo se entenderá renovado tácita, automática y sucesivamente por nuevos períodos de cinco años cada uno, si ninguno de los accionistas manifestare su intención de ponerle término en la forma indicada en los estatutos. La sociedad no se disolverá en el evento que un solo accionista posea la totalidad de las acciones de la misma. Capital: El capital de la Sociedad es la suma de un millón de pesos, dividido en cien acciones ordinarias, nominativas, de una misma serie y sin valor nominal. El capital social se da por suscrito y pagado en partes iguales por los accionistas desde la fecha de constitución. Administración: La administración de la Sociedad y el uso de la razón social corresponderá a doña a doña María Francisca Mitarakis Gorke y a doña Isidora de Jesús Pellegrini Amunátegui, ya individualizadas, actuando siempre conjuntamente, salvo que los estatutos digan expresamente lo contrario. Demás estipulaciones establecidas en escritura extractada. Santiago 07 de diciembre 2021.