MODIFICACIÓN Sociedad de Responsabilidad Limitada

Juan Bagual Limitada

RUT 76562647-1 CVE 2054167
Fecha instrumento
26 de noviembre de 2021

Instrumento

Fecha
26 de noviembre de 2021
Notario
CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS
Oficio
Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea

Objeto social

“la construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden”. En todo lo no modificado rige el pacto social

Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial

PDF original

CLAUDIO ANDRÉS SALVADOR CABEZAS, Abogado, Notario Público Titular de la Primera Notaría con asiento en la comuna de Lo Barnechea, Av. La Dehesa 1450, Local 1, de esta ciudad, certifico: Por escritura pública de fecha 26 de noviembre de 2021, ante mí: don DIEGO SAAVEDRA VALENZUELA, por sí y en representación de don MARIANO ALESSIO PEPPI ARANCIBIA, ambos con domicilio en el lote número A guion Dos del sector de Villa Cerro Castillo, comuna de Río Ibáñez, de paso por ésta, modificaron sociedad “AGRÍCOLA JUAN BAGUAL LIMITADA”, con nombre de fantasía “JUAN BAGUAL LIMITADA”, constituida por escritura pública de fecha 18 de enero del año 2016, otorgada ante el Notario Titular en la Primera Notaría de Coyhaique don Juan Carlos San Martín Molina, inscrita en el Registro de Comercio del Conservador de Bienes Raíces de Coyhaique a fojas 25 vuelta número 10 del año 2016, publicada en el Diario Oficial de la República de Chile de fecha 28 de enero de 2016. Por este acto, don DIEGO SAAVEDRA VALENZUELA por sí y en representación de don MARIANO ALESSIO PEPPI ARANCIBIA, en su calidad de únicos socios de “AGRÍCOLA JUAN BAGUAL LIMITADA”, con nombre de fantasía “JUAN BAGUAL LIMITADA”, acuerdan ratificar que el uso de la razón social, la administración y representación corresponderá a ambos socios, actuando separada e indistintamente, quienes actuando por la sociedad y anteponiendo a sus respectivas firmas personales la razón social, la representarán con las más amplias facultades, pudiendo celebrar y ejecutar a nombre de ella todos los contratos y actos inherentes al giro ordinario u objeto de la Sociedad, y complementar la cláusula tercera del pacto social, en el sentido en el sentido de agregar al objeto social: “la construcción, explotación, dar y tomar en arrendamiento y explotar, por cuenta propia o ajena, hoteles, moteles, hosterías, albergues, barcos y otros relacionados con el hospedaje de personas y turismo, con sus servicios de restaurante, bar, salón de té, fiestas, espectáculos, manifestaciones, tours, visitas con o sin guías, arrendamiento de guías, convenciones, exposiciones, congresos, simposios, reuniones y otros; compra y reserva de pasajes, alojamientos, habitaciones, edificios y otros; y todo lo relacionado con los ramos de hotelería y turismo, nacional y extranjero, actual o futuro, y cualquier otro acto o negocio lícito que derive de los anteriores, los complemente o sea una consecuencia de los mismos, u otros que los socios acuerden”. En todo lo no modificado rige el pacto social. Demás estipulaciones constan en escritura extractada.- Santiago, a 07 de diciembre de 2021.-