Instrumento
- Fecha
- 24 de noviembre de 2021
- Notario
- ALBERTO MOZO AGUILAR
- Oficio
- 40ª Notaria de Santiago
- Comuna
- Santiago
Sociedad
- Capital
- $30.000.000 CLP
- Domicilio
- Santiago
- Duración
- 2 años, plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos 2 años cada uno
Objeto social
uno) Efectuar toda clase de inversiones en general, en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, compraventa de toda clase de bienes muebles, inmuebles, instrumentos financieros, inclusive acciones y participaciones sociales o derechos en sociedades de personas y créditos litigiosos. dos) El desarrollo de proyectos inmobiliarios de cualquier clase u especie, lo que comprende, la adquisición y enajenación de bienes raíces, su explotación directa o a través de terceros, en cualquier forma; su administración y la percepción de sus frutos. tres) Administraciones inmobiliarias para instituciones financieras, bancos, entidades públicas o privadas, licitaciones. cuatro) La sociedad podrá realizar toda otra clase de negocios relacionados con la inversión en otras sociedades de cualquier clase u
Extracto legal · Sección 5 · Diario Oficial
PDF originalALBERTO MOZO AGUILAR, Notario Público, Titular 40ª Notaria de Santiago, con oficio Teatinos Nº 332, Comuna de Santiago, certifico, hoy ante mi: JUAN IGNACIO CONTESSE AYALA, domicilio Waterloo Nº 839, comuna Las Condes, Región Metropolitana; MARIO CARVAJAL ROZAS, domicilio calle Francisco de Villagra Nº 127, depto. Nº 210, comuna de Ñuñoa, Región Metropolitana y JAIME RODRIGO CASTRO ROJAS, domicilio Huérfanos Nº 1055 Oficina 712, comuna y ciudad de Santiago, constituyeron sociedad de responsabilidad limitada. Razón Social: INVERSIONES 3C LIMITADA, nombre fantasía “INVERSIONES 3C LTDA”. Objeto: uno) Efectuar toda clase de inversiones en general, en bienes corporales o incorporales, raíces o muebles, compraventa de toda clase de bienes muebles, inmuebles, instrumentos financieros, inclusive acciones y participaciones sociales o derechos en sociedades de personas y créditos litigiosos. dos) El desarrollo de proyectos inmobiliarios de cualquier clase u especie, lo que comprende, la adquisición y enajenación de bienes raíces, su explotación directa o a través de terceros, en cualquier forma; su administración y la percepción de sus frutos. tres) Administraciones inmobiliarias para instituciones financieras, bancos, entidades públicas o privadas, licitaciones. cuatro) La sociedad podrá realizar toda otra clase de negocios relacionados con la inversión en otras sociedades de cualquier clase u objeto. cinco) Dar en arrendamiento o sub-arrendamiento, leasing, etcétera, bienes inmuebles, maquinarias, equipos, prestar servicios en el área de la construcción. seis) Arrendamiento de vehículos para transporte de pasajeros o carga, realizado por vehículos propios o ajenos, o asociados en coparticipación con otros, y en general cualquiera otra actividad que los socios de común acuerdo determinen. La sociedad podrá realizar todos estos actos sea por cuenta propia o ajena, directa o por medio de otras sociedades que forme o participe. siete) Desarrollar actividad inmobiliaria y de la construcción en todas sus ramas por cuenta propia o ajena, por suma alzada, por administración, o por cualquiera otra forma o sistema, pudiendo realizar operaciones comerciales o industriales conexas o relacionadas con giro de construcción; la administración de dichas construcciones, subcontratar todo o parte de determinadas obras; proyectar y ejecutar obras de ingeniería; efectuar cualquier negocio relacionado con construcción y todos aquellos útiles o que acuerden las partes, pudiendo aportar en otras sociedades o contribuir a formar aquellas que convengan y digan relación directa o indirecta con sociedad. Domicilio: Santiago, sin perjuicio agencias o sucursales que pueda establecer otros lugares país o extranjero. Duración: 2 años, plazo se prorrogará automática y sucesivamente por períodos iguales y sucesivos 2 años cada uno. Capital: $30.000.000.-, que socios aportan y enteran siguiente forma: a) JUAN IGNACIO CONTESSE AYALA $10.000.000.-; b) MARIO CARVAJAL ROZAS, $10.000.000.- y JAIME RODRIGO CASTRO ROJAS, $10.000.000.- que los socios pagan al contado, en dinero efectivo, e ingresan este acto a caja social. Responsabilidad Socios: Queda limitada a sus respectivos aportes. Administración y Uso Razón Social: Corresponderá a todos los socios, quienes actuarán a lo menos 2 de ellos en conjunto en operaciones que no superen las tres mil unidades de fomento y en operaciones superiores a monto indicado deberán actuar todos los socios conjuntamente por la sociedad y quienes actuando y anteponiendo su firma a razón social, representarán a la sociedad con más amplias facultades descritas en pacto social. Demás cláusulas constan escritura extractada. Santiago, 24 noviembre 2021. A. MOZO A. Notario Público.